CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 22 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001424
ASUNTO: RP11-P-2008-001424

EJECUCIÓN DE SENTENCIA “CON DETENIDO”


Definitivamente firme como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA dictada, en fecha 18/02/2009, por Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Mediante el cual CONDENA Jhoanderson Nazareth Rodríguez Rodríguez, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 06-02-87, titular de la Cédula de Identidad N° 17.624.856, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Fernanda Rodríguez y Orlando Marín, y residenciado en Brisas Del Carmen, Calle Principal, Casa S/N, cerca del Bodegón “Brisas del Mar”, Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena principal de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, más la accesoria de ley, establecida en el artículo 16 numeral 1 del Código Penal Venezolano, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ARGENIS JESÚS VILLARROEL GORDOÑEZ (OCCISO); por los hechos ocurridos el día 05 de Enero del 2008. Se mantienen las medidas de coerción personal que hasta la fecha recae sobre el acusado, y se acuerda como centro de reclusión el Internado Judicial de ciudad de Carúpano.

En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:

PRIMERO: El Penado Jhoanderson Nazareth Rodríguez Rodríguez, fue detenido en fecha 12/06/2009 hasta el día de hoy 22/10/2009. En fecha 18/02/2009 se realizo Sentencia Condenatoria y fue condenado a Cumplir la pena de: Quince (15) Años de prisión; hasta la presente fecha (22/10/2009) y tiene detenido: Un (01) Año, Tres3 (04) Meses y trece (13) días; faltándole por cumplir: Trece (13) Años, Ocho (08) Meses y diecisiete (17) días; que Vencerá en fecha: 09/07/2023.

SEGUNDO: puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplirá en fecha 09/04/2012.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán en fecha 09/07/2013.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán, en fecha 09/07/2018.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las ¾ partes de la pena, cumplirán en fecha 09/10/2019.

TERCERO: A los efectos del cumplimiento de las PENAS ACCESORIAS DE LAS DE PRISION, prevista en el Artículo 16 del Código Penal, terminada esta; se ordena oficiar a los organismos competentes para su observancia.
CUARTO: Se deja Constancia que el penado Jhoanderson Nazareth Rodríguez Rodríguez, se encuentra recluida en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.


DISPOSITIVA


Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA DEFINITIVA dictada en fecha 18/02/2009, por Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Mediante el cual. CONDENA al Ciudadano Jhoanderson Nazareth Rodríguez Rodríguez, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 06-02-87, titular de la Cédula de Identidad N° 17.624.856, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Fernanda Rodríguez y Orlando Marín, y residenciado en Brisas Del Carmen, Calle Principal, Casa S/N, cerca del Bodegón “Brisas del Mar”, Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena principal de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, más la accesoria de ley, establecida en el artículo 16 numeral 1 del Código Penal Venezolano, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ARGENIS JESÚS VILLARROEL GORDOÑEZ (OCCISO); por los hechos ocurridos el día 05 de Enero del 2008.

En consecuencia Este Tribunal Primero de Ejecución Acuerda:

PRIMERO: se acuerda OFICIAR A LA DIVISION DE ANTECEDENTES PENALES, adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, a objeto de que remita a la mayor brevedad posible a este Tribunal, LA CERTIFICACION DE ANTECEDENTES PENALES correspondiente al Mencionado Penado: suficientemente identificado en autos.

SEGUNDO: OFICIAR A LA UNIDAD TECNICA DE APOYO AL SISTEMA PENITENCIARIO, de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, a los Fines que le sea PRACTICADO INFORME PSICO-SOCIAL al mencionado Penado
TERCERO: Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente Auto de Ejecución de Sentencia dictado por este Tribunal.

1.- Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio Caracas.
2.- Al jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Carúpano. Estado Sucre
3.-.Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia.
4.-Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre.
CUARTO: Líbrese los correspondiente oficios a las parte de la presente causa; se fija Audiencia de Imposición de Sentencia, para el día 05/11/2009, a las 2.00.PM, en las instalaciones del Internado Judicial, Líbrense los Oficios respectivos y Notifíquese a las partes. Líbrese boleta de traslado. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución

Abg. Abelardo Royo.
El Secretario

Abg. Marco Campos.