REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 5 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-001672
ASUNTO: RP11-P-2006-001672


Concluido el desarrollo de la presente Audiencia Especial, convocada de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, durante la cual, la Defensa y la Fiscal del Ministerio Público manifestaron su conformidad con que se decrete el sobreseimiento de la causa, a favor del imputado Cruz Manuel Fernández, ampliamente identificado en autos, por haber cumplido de manera satisfactoria el régimen probatorio impuesto; éste Tribunal pasa a tomar su decisión en los siguientes términos: Como se pudo constatar durante la audiencia, mediante el dicho de la víctima, y a través de la revisión de la causa, donde riela al folio cincuenta (50), oficio Nº 076-2009, de fecha 10-06-2009, emanado de la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, en el cual se participa a éste Juzgado que, efectivamente el imputado Cruz Manuel Fernández, cumplió de manera satisfactoria el régimen de presentaciones que le fuera impuesto en fecha 15-06-2006, es por lo que este Tribunal, en atención a la disposición contenida en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal, considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, decretar el Sobreseimiento de la presente causa, seguida en contra del imputado antes señalado, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Laudenis del Valle Caraballo Bellorín; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.

DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, seguida contra el ciudadano Cruz Manuel Fernández, venezolano, de 48 años de edad, nacido en fecha 03-05-61, cédula de identidad Nº V-6.954.072, de profesión u oficio obrero, hijo de Placida Fernández y Ángel Mata; y domiciliado en el Barrio Londres, Calle Principal, casa N° 01, Playa Grande, Carúpano, Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Laudenis del Valle Caraballo Bellorín; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal; ello como consecuencia de haber operado la Extinción de la Acción Penal, conforme a lo previsto en los artículos 45 y 48, numeral 7, de la misma norma Adjetiva Penal. Están las partes presentes debidamente notificadas en este acto. Se ordena remitir el presente asunto a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Cúmplase.