REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 27 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-002382
ASUNTO : RP01-P-2008-002382

Habiendo tomado posesión del cargo de Juez suplente el día 13 de Octubre de 2009, en virtud de permiso médico concedido al Abg. FREDDYS PERDOMO SIERRALTA, previa Juramentación ante la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, la Abogado DESIRÉE BARRETO SANTAELLA, se AVOCA al conocimiento de la causa y revisadas las actuaciones, se pronuncia en los siguientes términos:
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 18 de SEPTIEMBRE de 2009, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia fase de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en aplicación del procedimiento especial de Admisión de Hechos, mediante la cual se condenó a la acusada GEOMARYS DEL CARMEN GAMARDO ROJAS, a cumplir una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por estar incursos en la comisión del delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia Fase de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con el artículo 493, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido señala:
UNICO
La penada GEOMARYS DEL CARMEN GAMARDO ROJAS venezolana, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.306.214, de oficio obrera, nacido en fecha 23/04/1961, natural de Puerto la Cruz estado Anzoátegui, hija de Nelys de Gamardo y de padre fallecido, residenciada en Barrio la Democracia, Sector la llanada, Cerca de la entrada de lo Cachos frete al Barrio Voluntad de Dios, cercana a la Bodega de la negra Cumaná estado Sucre, estuvo detenida desde el día 20-05-2008, tal como consta en acta policial que cursa al folio 3 de esta causa, hasta el día 21-05-2008, tiene una pena cumplida de UN (01) DÍA, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS DE PRISIÓN, no pudiéndose determinar la fecha de culminación de la condena en virtud de que la penada se encuentra en libertad
DISPOSITIVA
Por cuanto la penada GEOMARYS DEL CARMEN GAMARDO ROJAS venezolana, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.306.214, en virtud d ela cuantía de la pena impuesta, puede optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, , este Tribunal Segundo de Primera Instancia Fase de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley dicta el presente auto de ejecución de sentencia y de oficio acuerda la apertura del procedimiento para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y en consecuencia se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario numero 03, Cumaná estado Sucre, región oriental (UTASP), para que esa institución practique la evaluación correspondiente con el pronóstico de seguridad de la penada a tal efecto se le remitirá copia certificada de la sentencia y del presente auto de ejecución.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público y a la Defensa. Líbrese boleta a la penada sobre este auto informándole que debe comparecer ante la UTASP. Remítase la presente causa temporalmente al Archivo Central a los fines de su guarda y cuido. Líbrese las correspondientes notificaciones y oficios respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN

ABG. DESIRÉE BARRETO SANTAELLA
LA SECRETARIA


ABG. TAYLOMAR BRICEÑO CHACÓN