REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 13 de Octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-001021
ASUNTO : RP01-P-2009-001021
Habiendo tomado posesión del cargo de Juez suplente el día 13 de Octubre de 2009, en virtud de permiso médico concedido al Abg. FREDDYS PERDOMO SIERRALTA, previa Juramentación ante la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, la Abogado DESIRÉE BARRETO SANTAELLA, se AVOCA al conocimiento de la causa y revisadas las actuaciones, se pronuncia en los siguientes términos:
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 28 de Mayo de 2009, por el Tribunal Primero de Primera Instancia fase de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en aplicación del procedimiento especial de Admisión de Hechos en Audiencia Preliminar, mediante la cual se condenó a la acusada IRIS MARISOL ALVAREZ LISCANO, venezolana, mayor edad, civilmente hábil, de 44 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 09.064.666, de oficio camarera, hija de Julián Álvarez y Rosa Liscano, nacido en 31-12-1964, Residenciada en Santa Fe, Sector Calle la Planta, al final casa sin numero, Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, a cumplir la pena de SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia Fase de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con el artículo 493, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido se señala:
PRIMERO: Por cuanto la penada IRIS MARISOL ALVAREZ LISCANO, ya identificada, fue detenida en fecha 16-03-2009 y acordada su libertad en fecha 28-05-2009, cumpliendo DOS (O2) MESES Y DOCE (12) DÍAS DE PRISIÓN, lo que resulta un total de pena cumplida de DOS (O2) MESES Y DOCE (12) DÍAS DE PRISIÓN, faltándole por cumplir de la pena impuesta TRES (03) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS DE PRISIÓN, sin poderse determinar fecha de cumplimiento por cuanto se encuentra en libertad.
SEGUNDO: Por cuanto la penada IRIS MARISOL ALVAREZ LISCANO, ya identificada, puede optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de oficio se acuerda aperturar dicho procedimiento y en consecuencia se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario numero 03, Cumaná estado Sucre, región oriental (UTASP), para que esa institución practique la evaluación correspondiente con el pronóstico de seguridad de la penada a tal efecto se le remitirá copia certificada de la sentencia y del presente auto de ejecución.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público y a la Defensa. Líbrese boleta informando a la penada sobre este auto y a los fines de que comparezca ante la UTASP, a practicarse la evaluación. Remítase la presente causa temporalmente al Archivo Central a los fines de su guarda y cuido. Líbrese las correspondientes notificaciones y oficios respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. DESIRÉE BARRETO SANTAELLA
EL SECRETARIO
ABG. LUIS PRIETO JIMENEZ