REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 13 de Octubre del 2.009.
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-003306
ASUNTO : RP01-P-2006-003306

AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA CONDENATORIA.
PENADOS: ANIBAL GREGORIO COVA VASQUEZ, ORLANDO RAFAEL COVA SERRANO, MAURICIO JOSE VASQUEZ GUTIERREZ, ORLANDO RAFAEL COVA VASQUEZ Y ELYS RAFAEL BETANCOURT LOPEZ.

Se evidencia de los autos que en Juicio Oral y Público, celebrada en fecha: 05 de Noviembre del 2.008, según acta inserta a los folios Doscientos Treinta y Cinco (235) al Doscientos cuarenta y Uno (241) de la Tercera pieza del Expediente, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, dicto sentencia condenatoria a los ciudadanos penados: ANIBAL GREGORIO COVA VASQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad No-16.485.647, ORLANDO RAFAEL COVA SERRANO, Titular de la Cédula de Identidad No-4.187.542, MAURICIO JOSE VASQUEZ GUTIERREZ, Titular de la Cédula de Identidad No-11.383.472, ORLANDO RAFAEL COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No.13.941.227 Y ELYS RAFAEL BETANCOURT LOPEZ Titular de la Cédula de Identidad No13.359.693 dicha sentencia fue publicada en fecha: 19-11-08, tal como se puede evidenciar a los folios (55) al (123) de la Tercera pieza, y siendo que en dicho fallo se evidencia que el referido Tribunal Segundo de Juicio condenó a los ciudadanos: ANIBAL GREGORIO COVA VASQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad No-16.485.647, ORLANDO RAFAEL COVA SERRANO, Titular de la Cédula de Identidad No-4.187.542, MAURICIO JOSE VASQUEZ GUTIERREZ, Titular de la Cédula de Identidad No-11.383.472, ORLANDO RAFAEL COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No.13.941.227 Y ELYS RAFAEL BETANCOURT LOPEZ Titular de la Cédula de Identidad No13.359.693, a cumplir la pena de: SEIS (6) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de: HOMICIDIO FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto y sancionado en el Artículo 405 en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 y artículo 425 todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: Jhoan Bautista Trujillo Salazar y Jesús Bautista Trujillo Salazar, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos:
Primero: Siendo que los penados: ANIBAL GREGORIO COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No-16.485.647, ORLANDO RAFAEL COVA SERRANO, Titular de la Cédula de Identidad No-4.187.542, MAURICIO JOSE VASQUEZ GUTIERREZ, Titular de la Cédula de Identidad No-11.383.472, ORLANDO RAFAEL COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No.13.941.227 Y ELYS RAFAEL BETANCOURT LOPEZ Titular de la Cédula de Identidad No13.359.693, fueron condenados a cumplir la pena de: SEIS (6) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, y están detenidos desde el día: 05 de Noviembre del 2.008, según acta del Juicio Oral y Público celebrado en donde se acordó su detención cursante a los folios Doscientos Treinta y Cinco (235) al Doscientos cuarenta y Uno (241) de la Tercera pieza del Expediente, es por lo que hasta el día de hoy; 13 de Octubre del 2.009, puede concluirse que a la presente fecha tiene un pena corporal efectiva cumplida de: ONCE (11) MESES Y OCHO (8) DÍAS, por ende le falta por cumplir de la pena impuesta, CINCO (5) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS DE PRISION, pena que vencerá el día: 05-05-2.015.
Segundo: Los reos ANIBAL GREGORIO COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No-16.485.647, ORLANDO RAFAEL COVA SERRANO, Titular de la Cédula de Identidad No-4.187.542, MAURICIO JOSE VASQUEZ GUTIERREZ, Titular de la Cédula de Identidad No-11.383.472, ORLANDO RAFAEL COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No.13.941.227 Y ELYS RAFAEL BETANCOURT LOPEZ Titular de la Cédula de Identidad No13.359.693, quedarán sujetos a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, a saber, la inhabilitación política mientras dure la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta.
Tercero: De conformidad con lo previsto en el artículo 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas desde las cuales los penados: ANIBAL GREGORIO COVA VASQUEZ, ORLANDO RAFAEL COVA SERRANO, MAURICIO JOSE VASQUEZ GUTIERREZ, ORLANDO RAFAEL COVA VASQUEZ Y ELYS RAFAEL BETANCOURT LOPEZ, podrán optar y solicitar los Beneficios que establece la Ley.
PRIMERO: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir Una Cuarta (1/4) Parte de la pena, equivalente a UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DIAS, tiempo que se verificará en fecha: 20 DE JUNIO DEL AÑO 2010.
SEGUNDO: RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir Un Tercera (1/3) Parte de la pena, equivalente a DOS (2) AÑOS Y DOS (2) MESES, la cual se cumplirá en fecha: 05 de ENERO del 2.011.
TERCERO: LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las Dos Terceras (2/3) Partes de la pena, equivalente a CUATRO (4) AÑOS Y CUATRO (4) MESES, para ser cumplida en fecha: 05 de MARZO del 2.013.
CUARTO: CONFINAMIENTO: Al cumplir las Tres Cuartas (3/4) Partes de la pena, equivalente a CUATRO (4) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS, para ser cumplida en fecha: 20 de SEPTIEMBRE del año 2.013.-

DISPOSITIVA.
Conforme a los argumentos antes esgrimidos y en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa seguida a los penados: ANIBAL GREGORIO COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No-16.485.647, ORLANDO RAFAEL COVA SERRANO, Titular de la Cédula de Identidad No-4.187.542, MAURICIO JOSE VASQUEZ GUTIERREZ, Titular de la Cédula de Identidad No-11.383.472, ORLANDO RAFAEL COVA VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No.13.941.227 Y ELYS RAFAEL BETANCOURT LOPEZ Titular de la Cédula de Identidad No13.359.693 y quienes fueron condenados a cumplir la pena de: SEIS (6) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de: HOMICIDIO FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto y sancionado en el Artículo 405 en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 y artículo 425 todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: Jhoan Bautista Trujillo Salazar y Jesús Bautista Trujillo Salazar. Líbrese Notificación al Fiscal del Ministerio Público en materia de Ejecución así como a la Defensa Privada. Líbrese oficio adjunto copias certificadas de la sentencia y del presente auto, al director del internado judicial de Cumaná. Líbrese boleta informativa a los penados de autos. Este tribunal se trasladara y constituirá el día viernes 16 de Octubre del año 2.009, a las 9:00 a.m, en la sede del internado judicial, con la finalidad de imponer a los penados del presente auto.- Asimismo se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Archivo Central.- Así se decide.-. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.
EL SECRETARIO.
Abg. Gilberto Fíguera.