REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 14 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004566
ASUNTO : RP01-P-2008-004566


Visto el pedimento del ciudadano Fiscal Superior, en al cual solicita el cese de la Medida de Protección, en virtud de que ya trascurrió el lapso de seis meses por el cual fue otorgada, sin que las víctimas hayan solicitado su prórroga; este Tribunal revisada como ha sido la causa y constatado que efectivamente ya trascurrieron más de seis meses desde el 24 de octubre del 2008, que fue el término por el cual fue acordada, en consecuencia se declara procedente la solicitud fiscal y se ordena el cese de la Medida de Protección a la Victima a favor de las Víctimas, ciudadanos RAÚL JOSÉ RIVERO y FRANNY RIVERO RAMOS y su núcleo familiar, la cual les fue otorgada a fin de garantizarle su integridad física, consistente en RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS PERMANENTES POR EL DOMICILIO DE LAS VICTIMAS, a cargo de Funcionarios Adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, por un lapso de seis (6) meses. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 42 y 104 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo notifíquese a la solicitante y remítase las actuaciones a la Fiscalía.
JUEZ TERCERO DE CONTROL,
ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ
SECRETARIO,
ABG. CARLOS JULIO GONZÁLEZ