REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. EXTENSIÓN CARÚPANO.
EXPEDIENTE N° 7414.09.-
DEMANDANTE: YSABEL MERCEDES RODRIGUEZ DE OLIVEROS
DEMANDADO: JESUS ALBERTO OLIVEROS HERNANDEZ
MOTIVO: OBLIGACIÓN MANUTENCIÓN
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (HOMOLOGADO)
Se inicio el presente procedimiento mediante escrito presentado por el Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en Materia de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, abogada YANIRETH MARIA VALBUENA GUERRERO (encargada); quien actuando de acuerdo con las facultades que le confieren el artículo 170, Literales “C” y “F” de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en representación de la Ciudadana YSABEL MERCEDES RODRIGUEZ DE OLIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.731.446, domiciliada en Avenida Universitaria, casa Nº 66, frente a lácteos los Andes, Carùpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en condición de progenitora de su hijo, en contra el ciudadano JESÚS ALBERTO OLIVEROS HERNÁNDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.876.099, domiciliado en Parcelamiento Leonela Avenida Universitaria, calle Principal, Carùpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
“Mediante comparecencia por ante este Tribunal llegaron al siguiente acuerdo: “El padre suministrara como Obligación de Manutención la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 550, oo) en el mes de Agosto y Diciembre la cantidad de MIL CIEN (Bs. 1.100, oo), el colegio será cancelado por la madre y las Medicinas y los gastos médicos, serán cubiertos por ambos padres”. “La madre manifestó estar de acuerdo con lo propuesto el padre de su hijo”.-
En consecuencia este Juzgado de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento entre la ciudadana YSABEL MERCEDES RODRIGUEZ DE OLIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.731.446, domiciliada en Avenida Universitaria, casa Nº 66, frente a lácteos los Andes, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y el ciudadano JESÚS ALBERTO OLIVEROS HERNÁNDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.876.099, domiciliado en Parcelamiento Leonela Avenida Universitaria, calle Principal, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Organica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes atribuyen a los Tribunales de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los cinco (05) días del mes de Noviembre del 2009, años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
A BG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ.
En la misma fecha se publico la anterior sentencia siendo las 9:15 a.m., y se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.-
LA SECRETARIA
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ
EXP. N° 7.414-09.-
JMG/PDM/vc.-
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