LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 13 de noviembre de 2.009
199º y 150º

Vista la solicitud presentada por el ciudadano:JOSE NICOLAS MATA, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.952.902, domiciliado en la Caserío San Antonio, casa s/n, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, asistido del Abogado en ejercicio, Carlos Enrique Meneses Caraballo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.874 y de este domicilio, y visto igualmente el pedimento que hace por ante este Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo, Marca: Toyota: Modelo: Land Cruiser; Clase: Camioneta; Tipo: Pick-up; Uso: Carga; Año:1.986;Color: Blanco; Placas:014-RAK; Serial de Motor: 2F-879492; Serial de Carrocería: FJ-45-950096. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: ANGEL SATURNINO GÓNZALEZ y CRUZBEIRYS DEL CARMEN BETANCOURT CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.878.312 y V-18.939.491, respectivamente, ambos domiciliados en esta jurisdicción, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano JOSÉ NICOLAS MATA, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar, a los trece días del mes de noviembre de dos mil nueve. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación. -
La Juez Provisorio,
Abg.Fanny R. Martínez M.

La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas O.

Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.Conste.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas O.
Sol. N°.063-2009