REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
T.Penal de Juicio del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 3 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-004052
ASUNTO: RP11-P-2008-004052

PUBLICACIÓN DE SENTENCIA


Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO UNIPERSONAL DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PROCEDE A CONDENAR: a los ciudadanos Ysidra Margarita Pastrano, venezolana, de 35 años de edad, nacido en fecha 15-05-1973, titular de la Cédula de Identidad N° 13.076.224, de oficio Obrera en la zona industrial, de estado civil Soltera, natural del Caserío las Conopias, de Tunapuy, hija de Reinaldo Florentino Jiménez y Maria Lucia Pastrano, y residenciada en Sector Coco-Lirio, Calle Santa Barbara, Casa Nº 03, de esta Ciudad de Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Irma Del Valle Marcano Hernández, venezolana, de 42 años de edad, nacido en fecha 01-09-1967, titular de la Cédula de Identidad N° 10.197.227, de oficio del Hogar, natural de Margarita, estado Nueva Esparta, de estado civil Soltera, hija de Nicolas Vicent y Severina Hernández Marcano, y residenciada en Sector barrio Bolívar, frente al matadero Municipal, Casa S/N, Tunapuy, de esta Municipio Libertador del Estado Sucre; y José Ángel Hernández Velásquez, Venezolano, de 27 años de edad, nacido en fecha 21-11-1981, natural del Pilar, titular de la Cédula de Identidad N° 17.781.117, de oficio Barbero, de estado civil Soltero, hijo de Cecilio Hernández y Dadelis Velásquez y residenciado en Sector Coco-Lirio, Calle Santa Bárbara, Casa Nº 03, a cumplir la Pena de cuatro (4) años de Prisión, por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer y último aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD mas las accesorias de Ley. Así mismo, se Acuerda la Confiscación de los objetos incautados en el Procedimiento, en conformidad con lo establecido en el artículo 116 del Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 61 ordinal 4º, artículos 66 y 67 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas. Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal en Fase de Ejecución, en su oportunidad legal. Dada Sellada y Firmada en Carúpano a los 03 días del mes de noviembre de 2009.
La Juez Primera de Juicio
Abg. Lourdes Salazar Salazar

La Secretaria
Abg. Cruz Sulmira Espinoza