PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de CONTROL SECCION ADOLECENTE del Primer Circuito Judicial penal del estado Sucre.
Cumaná, 2 de Noviembre del 2009
199º y 150º

ASUNTO: RP01-D-2008-000356
JUEZ PROFESIONAL: ABG. JOSE RAMON HERNANDEZ GIL.
IMPUTADOXXXXXXXXXXXX
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MARIA TERESA GUEVARA.
DEFENSA: ABG BEATRIZ PLANEZ.
DELITO: VIOLENCIA FISICA.
VICTIMAXXXXXXXXXX
SECRETARIA: ABG. CARMEN GUTIERREZ.


SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Visto el escrito presentado por la Abg. MARIA TERESA GUEVARA, en su condiciones de Fiscal Sexto del Ministerio Público, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Definitivo conforme a lo estipulado en los artículos 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la investigación que se le iniciara al adolescente, XXXXXXXXXXXXXXX averiguación por su presunta participación en el delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley orgánica sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, por cuanto este tribunal observa que en la audiencia preliminar las partes ofrecieron conciliar, y homologo acuerdo suscrito por ambas partes por ante este tribunal, en fecha 28-05-2009, y donde el imputado de causa se comprometió a no meterse mas con la victima, ni incurrir en hecho similares, y cumplido el lapso de prueba de 60 días, este Tribunal para decidir observa:

DE LOS HECHOS

La presente investigación se inicia en fecha 14 de Noviembre del 2008, cuando a través de denuncia de la ciudadana XXXXXXXXXXXXX, donde manifestó que este adolescente estaban tirando piedras y botellas, cuando de pronto le pegaron una piedra y al rato llego la policía y agarraron a dos sujetos.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

De la revisión de las actuaciones se desprende la comisión de un hecho punible, y que el mismo no está prescrito, sin embargo se videncia que ambas parte de mutuo acuerdo han decidido establecer un acuerdo que a solicitud del ministerio publico, este tribunal ha homologado en la audiencia preliminar de fecha 28-05-2009, Este Tribunal no procede a fijar audiencia para debatir los fundamentos de la petición del sobreseimiento definitivo que pauta el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto considera que en auto están probados.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Primero del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del adolescente XXXXXXXXXXparticipación en el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley orgánica sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, por cuanto este tribunal homologo acuerdo suscrito por ambas partes por ante este tribunal, en fecha 28-05-2009, en audiencia preliminar, y donde el imputado de causa se comprometió a no meterse mas con la victima, ni incurrir en hecho similares, y cumplido el lapso de prueba de 60 días, este tribunal decreta el sobreseimiento definitivo, en favor de adolescente XXXXXXXXXX tal y como fue solicitado por parte del ministerio publico. La presente decisión tiene su fundamento legal en el artículo 561 literal “D “de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda remitir las presentes actuaciones mediante oficio al archivo central a los fines de su resguardo, custodia y cuido, en espera de las resultas de la boletas de notificación libradas a las partes. Cúmplase. Así se decide en Cumaná, a los dos (2), días del mes de Octubre del año dos mil nueve (2009).
JUEZ PRIMERO DE CONTROL SECCION ADOLECENTE.

Abg. JOSE RAMON HERNANDEZ GIL.



La Secretaria

Abg. CARMEN GUTIERREZ.