REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Cumaná, 26 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-004245
ASUNTO : RP01-P-2009-004245


Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 05 de NOVIEMBRE de 2009, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia fase de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en aplicación del procedimiento especial de Admisión de Hechos, mediante la cual se condenó a los acusados ALMIDA ROSA GONZÁLEZ HERNANDEZ y ROQUE JOSE BARRETO, a cumplir una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por estar incursos en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del mismo artículo, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia Fase de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con el artículo 493, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido señala:
PRIMERO
La penada ALMIDA ROSA GONZALEZ HERNANDEZ, venezolana, 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.239.062, nacido en fecha 06-12-86, soltero, de oficio Estudiante, residenciada en la Urb. Fe y Alegría, sector 3, vereda 20 casa N° 10 de esta ciudad, Cumaná, se encuentra detenida desde el día 20/09/2009, tal como consta en acta policial que cursa la folio 2 de esta causa, hasta el día de hoy, 26/11/2009, tiene una pena cumplida de DOS (02) MESES Y SEIS (06) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS DE PRISIÓN, la cual se cumplirá en fecha 20 de Septiembre del año Dos mil Doce (2.012).
SEGUNDO
El penado ROQUE JOSE BARRETO, venezolano, 30 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.933.342, nacido en fecha 19-04-79, soltero, de oficio indefinido, residenciado las colinas de CORPORIENTE, por la pantalla, sector los ranchos de esta ciudad, Cumaná, Estado Sucre, se encuentra detenido desde el día 20/09/2009, tal como consta en acta policial que cursa la folio 2 de esta causa, hasta el día de hoy, 26/11/2009, tiene una pena cumplida de DOS (02) MESES Y SEIS (06) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS DE PRISIÓN, la cual se cumplirá en fecha 20 de Septiembre del año Dos mil Doce (2.012).
DISPOSITIVA
Por cuanto los penados ALMIDA ROSA GONZÁLEZ HERNANDEZ y ROQUE JOSE BARRETO, ya identificados, pueden optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de oficio, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Fase de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley dicta el presente auto de ejecución de sentencia y acuerda la apertura del procedimiento para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y en consecuencia se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario numero 03, Cumaná estado Sucre, región oriental (UTASP), para que esa institución practique la evaluación correspondiente con el pronóstico de seguridad de los penados a tal efecto se le remitirá copia certificada de la sentencia y del presente auto de ejecución así como a la Dirección del Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por ser el lugar donde deberán ser recluidos a los fines del cumplimiento de la pena.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público y a la Defensa. Líbrese boleta a los penados sobre este auto. Remítase la presente causa temporalmente al Archivo Central a los fines de su guarda y cuido. Líbrese las correspondientes notificaciones y oficios respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. DESIRÉE BARRETO SANTAELLA
LA SECRETARIA
ABG. TAYLOMAR BRICEÑO CHACÓN