REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 17 de Noviembre del 2.009.
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-S-2003-000137
ASUNTO : RJ01-S-2003-000137
COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA.
PENADO: JUAN BAUTISTA CORDOVA MARCANO.
Se recibe en este Tribunal, escrito suscrito por la Abogada. OMAIRA GUZMAN, en su condición de Defensora Pública Penal del penado: JUAN BAUTISTA CORDOVA, mediante el cual le solicita de este Juzgado el Cómputo actualizado de pena, incluyendo la redención de la pena por el estudio, capacitación y trabajo.-
Este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que el ciudadano: JUAN BAUTISTA CORDOVA MARCANO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-5.701.642, mediante decisión de fecha: 25 de Septiembre del 2.008, dictada por el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, la cual cursa a los folios Ciento Cincuenta y Nueve (159) al Ciento Setenta y Dos (172) del expediente, fue condenado a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1ero del Código Penal, en perjuicio del occiso: Dixon Rafael Mendoza, estableciéndose que dicho penado está detenido desde el día: 11/10/97 y hasta el día de hoy (17/11/2.009) tiene una pena física cumplida de: DOS (2) AÑOS, UN (1) MES Y SEIS (6) DIAS, faltándole por cumplir: DOCE (12) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS.-.-
Conforme los datos que aportan las actuaciones se emite el siguiente:
COMPUTO ACTUALIZADO:
PENA IMPUESTA: QUINCE (15) AÑOS.
Privado desde el día: 11-10-07 hasta el día de hoy; 17/11/2.009), tiene una pena física cumplida de: DOS (2) AÑOS, UN (1) MES Y SEIS (6) DIAS.
Una Pena Cumplida al 17/11/09: DOS (2) AÑOS, UN (1) MES Y SEIS (6) DIAS.
Una Pena Por Cumplir de La Pena impuesta de: DOCE (12) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS.-.-
Pena Que Culminara en Fecha: 11 de Octubre del 2.022.-
DISPOSITIVA.
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Computo Actualizado de Pena al ciudadano: JUAN BAUTISTA CORDOVA MARCANO Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-5.701.642, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 17 de Noviembre del 2.009: PENA EFECTIVAMENTE CUMPLIDA: DOS (2) AÑOS, UN (1) MES Y SEIS (6) DIAS. PENA POR CUMPLIR AL 17-11-09: DOCE (12) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS y FECHA DE CULMINACION DE LA PENA: 11 de Octubre del 2.022.-Visto el pedimento de la defensa, se acuerda participarle al Director del Internado, que deberá incluir al referido penado en la próxima junta de redención. Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión a la Defensa Pública como al Director del Internado Judicial del Estado Sucre.- Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- Líbrense las Boletas de notificaciones y oficio respectivo. CÚMPLASE.-
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Richard Ma
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