ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004759
ASUNTO : RP01-P-2008-004759
Vista la solicitud de Protección presentada por el Ciudadano: LEONEL RAMÓN GONZÁLEZ JÍMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.487.901, quien es Victima en la causa penal identificada con el N° 19 –F3-1C-1225-08, nomenclatura de la Fiscalia Tercera del Ministerio Público donde aparece como acusados GREGORY JOSETH ESPARRAGOZA SALAZAR Y MAURILIX DESIREE BASTARDO MARQUEZ, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA Y MOTIVOS INNOBLES, exhibida por ante este Despacho por el Fiscal Superior del Ministerio Público Dr. GERSON MIGUEL VILLAMIZAR GARCIA, señalando: como consta en Acta de Entrevista que se anexa a la solicitud que “El temor que siente por su integridad física y la de su familia, ante los hechos de violencia de que fue objeto su vivienda el día 04 de los corrientes, cuando personas desconocidas accionaron armas de fuego hacia la misma, causando daños a la estructura, sembrando en su persona sentimiento de miedo y angustiante la acción criminal, presumiendo que las misma puede tener como finalidad intimidarlo a objeto de que abandone el proceso y desista de su participación en el mismo, siendo el próximo acto la constitución de tribunal el día 09 de noviembre del año 2009, a las 9:00 a.m…”, En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA como MEDIDA DE PROTECCION PARA LA VICTIMA LEONEL RAMÓN GONZÁLEZ JÍMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.487.901 y para su grupo familiar, por considerar que existe un inminente peligro para su vida y la de su grupo familiar, CUSTODIA POLICIAL PERMANENTE CON RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS POR EL DOMICILIO DE LA VICTIMA LEONEL RAMÓN GONZÁLEZ JÍMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.487.901, UBICADO EN LA AV. GOMEZ RUBIO, CASA N° 44, ANTIGUA CALLE LAS DELICIAS CUMANÁ DEL ESTADO SUCRE La misma tendrá una duración de SEIS (06) MESES y podrá ser prorrogada en caso necesidad y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido SE ORDENA oficiar al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios adscritos al Destacamento Policial N° 11 con sede en la Urbanización Brasil para que cumplan con el mandato de protección a la victima. Igualmente Ofíciese al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión
Esta decisión tiene por objeto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que ordena tomar las medidas necesarias para el resguardo de la victima. Cúmplase.
LA JUEZ CUARTA DE JUICIO
ABOG. MARTHA CESPEDES HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
YGNACIO LÓPEZ
|