REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre, extensión Carúpano.
Carúpano, veinticinco (25) de mayo de dos mil nueve (2009).
198º y 150º
ASUNTO: RH21-L-2007-000099
SENTENCIA
Por cuanto en fecha 22-01-2009, fui designada por la Comisión Judicial Del Tribunal Supremo de Justicia, como Jueza Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante Oficio Nº CJ-09-0047, habiendo aceptado tal designación y prestado juramento de ley en fecha 06 de de Febrero de este mismo año, según Acta de Juramentación Nº 003-2009, es por lo que de conformidad con la Ley Orgánica procesal del Trabajo, ME AVOCO DE OFICIO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Este Tribunal observa de la revisión de las Actas Procesales que conforman el presente expediente, contentivo del Juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpusiera la ciudadana: YAMILETH MARIA PLAZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 16.842.542, en contra del ciudadano JULIO SEBASTIANI, se observa que, la última actuación de la parte demandante se realizó el día cinco (05) de noviembre del 2007, sin que hasta la presente fecha se haya realizado actuación alguna; evidenciándose que se ha superado el lapso de un (01) año, establecido legalmente a los fines de la declaración de la Perención de la Instancia. Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 11 y 201 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio. Así se decide. Se ordena la notificación de la parte demandante. Líbrese el correspondiente Cartel de Notificación ordenada. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. MARIA GABRIELA GOMEZ LA SECRETARIA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se libró cartel de notificación
LA SECRETARIA
|