REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 14 de Mayo del 2.009
199º y 150º
SOL. N°. 5.462.

SOLICITANTE: VICENTE ANTONIO VILLARROEL
ALCANTARA, titular de la Cédula de Identidad
N°. 5.857.314.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD
(Vehículo).

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: VICENTE ANTONIO VILLARROEL ALCANTARA, venezolano, mayor de edad, casado, chofer, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 5.857.314, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ciudadano: DOUGLAS ALEXANDER MAGO AGUIAR, de éste domicilio e Inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 56.165 y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le concedan TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD (Vehículo), sobre un Vehículo: Marca Dodge B-300; Modelo Autobusete; Tipo Autobusete, Clase Camioneta; año: 1.977; Color Azul Claro; Placas: 320-969; Uso alquiler por puesto; Serial de Motor: 8M31801030790, Serial Carrocería: B36BE7X22O556, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: GREGORIO MAGNO MARCANO y ESTEBAN CUSTODIO VALDEZ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 2.674.428 y 2.668.797 respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignado se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD (Vehículo), suficiente a favor del ciudadano VICENTE ANTONIO VILLARROEL ALCANTARA, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 5.857.314, sobre el Vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García. de Malavé
Abg. Francis Vargas Campos.

Constante en (19) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

SGDM/Fvc/br.-
Sol. N°. 5462.-