REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 13 de Mayo del 2.009.
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2003-000008
ASUNTO : RJ01-P-2003-000008

Visto el escrito presentado por la abogada. SUSANA BOADA DE MARTINEZ en su carácter de Defensora Pública del penado: CRUZ MIGUEL CHACON DIAZ en donde consigna solicitud de la madre de su defendido, ciudadana: CRUZ CELENIA DE CHACON en donde le solicita a este Tribunal sea enviado su hijo a un centro de tratamiento en Barcelona, Estado Anzoátegui, por cuanto a su hijo se le concedió el Régimen Abierto para Ocumare del Tuy y allí no conocemos a nadie y en Barcelona sí tenemos familiar; este Tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la causa, puede observar que efectivamente este tribunal en fecha: 30-04-09 le otorgó a favor del penado: CRUZ MIGUEL CHACON DIAZ la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destino a Establecimiento Abierto en el Centro de Tratamiento Comunitario “ Luís Martínez González, ubicado en Ocumare del Tuy, Estado Miranda y en atención a que este tribunal observa que es imposible que el residente señalado cumpla con la pena que le falta por cumplir en el referido centro por los motivos antes expuesto, y la finalidad es que dicho residente reciba los medios necesarios para su readaptación a la sociedad, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA TRANSFERIR el cumplimiento de la Formula Alternativa de Establecimiento Abierto que se le había otorgado al residente: Cruz Miguel Chacón Díaz Venezolano, nacido en fecha: 03-05-76, soltero, hijo de Cruz Díaz de Chacón y Luís Ramón Chacón, residenciado en el sector Caiguire, calle Monte Piedad, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad N°-13.359.553 al Centro de Tratamiento Comunitario “ Diego Bautista Urbaneja “ ubicado en la Carrera 25, Quinta Rosalim, Urbanización Urdaneta, Barcelona, Estado Anzoátegui. Líbrese oficio al Centro de Tratamiento Comunitario “ Diego Bautista Urbaneja “ ubicado en la Carrera 25, Quinta Rosalim, Urbanización Urdaneta, Barcelona, Estado Anzoátegui, remitiéndole copias cerificada de la decisión de fecha: 30-04-09 y del presente auto. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, a la defensa y al penado. Líbrese oficio al Centro de Tratamiento Comunitario ““ Luís Martínez González, ubicado en la calle campo Elías, No-13, Sector El Calvario, final del Terminal de Pasajeros, Ocumare del Tuy, Municipio Tomás Lander, Estado Miranda, participándole que al residente mencionado se le transfirió su formula alternativa de cumplimiento de pena para otro centro de tratamiento.
El Juez Primero de Ejecución.

Abg. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.

Abg. Andreina Almeida.