REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 11 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-001335
ASUNTO : RP01-P-2009-001335

SE DECLARA SIN LUGAR SOLICITUD PARA DESTRUCCION DE SUSTANCIA ILÍCITA

Por recibida la solicitud de autorización de parte la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con Competencia en Materia de Drogas, Abg. MILDRED TARACHE, para que se destruya la sustancia incautada a) CANNABIS SATIVA, con un peso neto de setecientos noventa gramos (790 grs.), b)CANNABIS SATIVA, con un peso neto de setecientos cuatro gramos con ochocientos setenta miligramos (4,870 mgrs.), c) CANNABIS SATIVA, con un peso neto de veinte gramos con treinta miligramos (20 grs. 30 mgrs.), d) CANNABIS SATIVA, con un peso neto de dos gramos con setecientos ochenta y cinco (2 grs. 785 mgrs.), e) CLORHIDRATO DE COCAINA, con un peso neto de tres gramos con seiscientos setenta y cinco miligramos (3 grs. 675 mgrs.), f) CLORHIDRATO DE COCAINA, con un peso neto de cuatro gramos con trescientos sesenta y cinco miligramos (4 grs. 365 mgrs.), g) CLORHIDRATO DE COCAINA, con un peso neto de doscientos cuarenta y cinco miligramos (245 mgrs.) h) setecientos setenta miligramos (770 mgrs.) i) treinta y nueve gramos con seiscientos miligramos (39 grs. 600 mgrs.) a los fines de decidir dicha solicitud este tribunal observa que la solicitud fiscal que cursa al folio nueve (09) de la segunda pieza de la presente causa, en los particulares h e i la representante del ministerio publico no hace mención de la sustancia a incinerar, solo al peso de la misma y es por lo que mal podría esta juzgadora acordar dicha solicitud sin saber que tipo de sustancia se trata la misma es por lo que este juzgado no acoge la solicitud fiscal y se insta a la ciudadana fiscal Décimo Primera del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con Competencia en Materia de Drogas, Abg. MILDRED TARACHE, a reformular su solicitud en este sentido, es por lo que Este Tribunal Segundo En Funciones De Control Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley declara sin lugar la solicitud fiscal para que se destruya la sustancia incautada en la presente causa y se insta a la ciudadana fiscal Décimo Primera del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con Competencia en Materia de Drogas, Abg. MILDRED TARACHE, a reformular su solicitud, por cuanto en los particulares h e i la representante del ministerio publico no hace mención de la sustancia a incinerar, solo al peso de la misma, Notifíquese de esta decisión a la Representación Fiscal solicitante. Cúmplase.
La Juez Segundo de Control,
Abg. MARIA GABRIELA FARIA MORANTES

La Secretaria,
ABG. ROSSIFLOR BLANCO