EL JUZGADO SUPERIOR
EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO, BANCARIO, DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 18 de mayo de 2009.
Año: 199º y 150º.
En virtud que fue declarado desierto el Acto de Formalización fijado por este Tribunal, según se evidencia del acta de fecha 15 de mayo del presente año, que corre inserta al presente expediente, a propósito del Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Pedro Sandoval, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 63.084, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Consuelo Rodríguez, titular de la cédula de identidad número: 12.908.997, parte demandada en el presente juicio; este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario, actuando transitoriamente como Corte Superior en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto en la presente causa. En consecuencia, queda confirmado el Auto dictado en fecha 26 de marzo de 2009, emanado de la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial, recaído en el Juicio de Reivindicatoria que sigue la ciudadana BONIFACIA VILLARROEL contra la ciudadana CONSUELO RODRIGUEZ. Así se decide.-
Bájese en su debida oportunidad.
El Juez Superior (p),
Dr. Jesús Ramón Meza Díaz.
La Secretaria,
Dra. Paola Di Bisceglie.
Exp. N° 5687.
JRMD/pdb.
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