REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal  Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre 
 
Cumaná, dieciséis de marzo de dos mil nueve
 
198º y 150º
 
 
ASUNTO : RP31-L-2008-000269
 
PARTE ACTORA : LUIS RAFAEL RIVAS
 
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIVGILANCIA INDUSTRIAL MONAGAS,C.A.
 
MOTIVO: Cobro de Prestaciones sociales 
 
 
 
SENTENCIA
 
 
Vista la diligencia presentada por el ciudadano LUIS RAFAEL RIVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 10.466.881, debidamente asistido por  el abogado JAVIER MENDOZA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 107.231, en su carácter de  Procurador de Trabajadores,  manifestando que Desiste del presente procedimiento la demanda en virtud de que la empresa demandada le cancelo los conceptos demandados. Este Tribunal una vez verificado que la persona manifestante es la parte actora en el presente procedimiento, de igual manera  que se encuentra asistido de abogado, es por lo que  este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE acuerda en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, concederle la HOMOLOGACIÓN a la manifestación de voluntad y que pase en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia  de   conformidad a lo establecido en los artículos  263 al 266 del Código de Procedimiento Civil, se HOMOLOGA EL   DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, por lo que se declara TERMINADO  EL PRESENTE PROCESO Y ORDENA SU ARCHIVO DEFINITIVO. Y ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE, REGISTRESE  Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN. Líbrese oficio. CUMPLASE.
 
La Juez,
 
       
 
 Abg.  ALBELU NAZARET VILLARROEL                                               la secretaria
 
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