LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 02 de Marzo del 2.009
198° y 150°
Exp. N° 16.219.
DEMANDANTE: BEATRIZ CARABALLO, Titular de la
Cédula de Identidad N° 15.114.073
APODERADO: NO OTORGÓ PODER.
DOMICILIO PROCESAL: El Muco, Calle Orinoco, Verdead Venezuela, N°
626, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
DEMANDADO: JOSÉ NICOLÁS YAÑEZ SÁNCHEZ, titular de
la Cedula de Identidad Nros: 4.950.710..
APODERADO: NO OTORGO PODER.
DOMICILIO PROCESAL: El Muco, Calle Orinoco, Verdead Venezuela, N°
626, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
MOTIVO: PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA
COMUNIDAD CONCUBINARIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la constancia por secretaria, en la cual se evidencia que la parte demandante no compareció a subsanar los defectos u omisiones de la Cuestión Previa contemplada en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y declarada Con lugar por este Juzgado en fecha 18 de Febrero del 2.009, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EXTINGUE el proceso de conformidad con el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil. Así Se Decide.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.
Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM/Fvc/ecm.
Exp. N° 16.219.
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