REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Segundo de Control
Sección Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Edo. Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 18 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2007-000410
ASUNTO: RP11-D-2007-000410

SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Revisado como ha sido el presente asunto seguido al adolescente omissis; en investigación iniciada por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, en agravio del ciudadano ANTONIO FERMIN MUJICA SUNIAGA.
Ésta juzgadora observa que en fecha 12/11/2007 se decretó el sobreseimiento provisional de la causa, sin que hasta la presente fecha la vindicta pública haya solicitado la reapertura del procedimiento.
Ahora bien, habiendo transcurrido más de Un (01) año desde el decreto del sobreseimiento provisional en el presente asunto, es procedente el Sobreseimiento definitivo de conformidad con el artículo 562 en concordancia de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y Así se decide.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Ext. Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor de omissis, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, en agravio del ciudadano ANTONIO FERMIN MUJICA SUNIAGA, todo de conformidad con el artículo 562 en concordancia de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes.
La Juez Segunda de Control

La Secretaria

Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Jennys Mata