REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 10 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-003028
ASUNTO : RP01-P-2005-003028
COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: Juan Gabriel García García
Es solicitado a este Tribunal la emisión de computo actualizado de pena para el penado Juan Gabriel García García, por parte de la Dirección del Centro de Tratamiento Comunitario “Cesar Augusto Domar”, mediante oficio N° 093, de fecha 05 de Febrero de 2009.-
Este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que el ciudadano Juan Gabriel García García, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.703.564, mediante decisión de fecha 18 de Diciembre de 2006, se le condenó a la pena de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio de Argenis José Ortiz Rodríguez, precisándose en el auto de ejecución dictado al efecto, que el penado fue detenido en fecha 18 de Abril de 2005, hasta el día 12 de Junio de 2008 fecha en la que se le otorgó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destino a Establecimiento Abierto, manteniéndose en esta situación.-
Conforme los datos que aportan las actuaciones se emite el siguiente:
COMPUTO ACTUALIZADO:
PENA IMPUESTA: Trece (13) Años y Seis (06) Meses.
Fecha de detención: desde 18/04/2005.-
PENA FISICA CUMPLIDA al 10/03/09: TRES (03) AÑOS, DIEZ (10) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS.
1° Redención (21-09-07): Un (01) Año, Tres (03) Meses y Diecinueve (19) Días.
2° Redención (18-03-08): Tres (03) Meses y Diez (10) Días.-
Pena Cumplida con Redención (Física+redención): Cinco (05) Años, Cinco (05) Meses, Veintiún (21) Días.
Pena Por Cumplir: Ocho (08) Años, Nueve (09) Días.-
Fecha que Finaliza la Pena: el Día 19 de Marzo de 2017.
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Computo Actualizado de Pena al ciudadano Juan Gabriel García García, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.703.564, actualmente residente en el Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Cesar Augusto Domar” , en el Estado Bolívar, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 10 de Marzo de 2009: PENA EFECTIVAMENTE CUMPLIDA CON REDENCION AL 10/03/09: Cinco (05) Años, Cinco (05) Meses, Veintiún (21) Días; PENA POR CUMPLIR AL 10-03-09: Ocho (08) Años, Nueve (09) Días, y FECHA DE CULMINACION DE LA PENA: 19 de Marzo de 2017.- Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Cesar Augusto Dommar” ubicado en Avenida Libertador, Quinta Yurubi, N° 01, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, y anexa envíesele Boleta Informativa al penado residente para que por intermedio del Centro aludido se le informe de su contenido.- Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y a la Defensa.- Líbrense las Boletas de notificaciones y oficio respectivo. CÚMPLASE.-
Juez Primero de Ejecución
Abg. Rosiris Rodríguez Rodríguez
La Secretaria
Abg. Carmen Rivas.-