REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-000948
ASUNTO : RP01-P-2009-000948


Visto el contenido de la diligencia presentada en fecha 17/03/09, suscrito por la Defensora Pública Penal, ABG. CAROLINA MARTINEZ, en su carácter de Defensora del el imputado JOSE AGUSTIN ROJAS PINTO, indocumentado quien dijo ser venezolano, de 22 años titular de la cédula de identidad N° 22.628.025, soltero, de oficio pescador, nacido en esta ciudad, fecha de nacimiento 03-11-1986 hijo de rosa pinto y Agustín rojas residenciado en el peñón detrás de la iglesia sector la sabana casa N° 14, de esta ciudad Estado Sucre; mediante la cual solicita a este Tribunal, estudie con la urgencia posible el traslado a la Comandancia de Policía De la ciudad de Cumana al imputado JOSE AGUSTIN ROJAS PINTO, indocumentado quien dijo ser venezolano, de 22 años titular de la cédula de identidad N° 22.628.025, soltero, de oficio pescador, nacido en esta ciudad, fecha de nacimiento 03-11-1986 hijo de rosa pinto y Agustín rojas residenciado en el peñón detrás de la iglesia sector la sabana casa N° 14, de esta ciudad Estado Sucre, ya que manifiesta la ciudadana Norelis González esposa del imputado de autos que el día de ayer 16-03-09 cuando el ciudadano imputado ingreso a la sede del internado judicial de esta ciudad ocurrió una situación que pone en riesgo su integridad física, y en virtud de ello solicita un cambio de sitio de reclusión a la sede de la COMANDANCIA DE LA POLICÍA, DEL ESTADO SUCRE IAPES.

Este tribunal a fin de proveer lo conducente, pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones: en atención a los planteamientos realizados en la diligencia presentada en fecha 17/03/09, así mismo considerando las garantías legales y constitucionales de las que goza el imputado de autos, como el derecho a la vida y a la integridad física, este Tribunal Quinto de Control de Primera Instancia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara con lugar la solicitud de la defensa y en consecuencia se ACUERDA el traslado del imputado JOSE AGUSTIN ROJAS PINTO , indocumentado quien dijo ser venezolano, de 22 años titular de la cédula de identidad N° 22.628.025, soltero, de oficio pescador, nacido en esta ciudad, fecha de nacimiento 03-11-1986 hijo de rosa pinto y Agustín rojas residenciado en el peñón detrás de la iglesia sector la sabana casa N° 14, de esta ciudad Estado Sucre, a las instalaciones de la COMANDANCIA DE LA POLICÍA, DEL ESTADO SUCRE IAPES, exhortándosele al Director del internado Judicial con sede en la ciudad de Cumana, del Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, prestar la colaboración institucional, en el sentido de realizar el trasladado acordado a la brevedad posible dada las circunstancias que rodean los planteamientos traídos a este Tribunal.- Líbrese oficios respectivos al Comandante General de Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y al Director del Internado, notificándosele del trasladado acordado en los términos indicados, con sus respectivas boletas.-
Jueza Quinta De Control

Abg. MARIA GABRIELA FARIA MORANTES
La Secretaria

Abg. ROSSIFLOR BLANCO