REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 11 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-000983
ASUNTO : RP01-P-2007-000983

Visto y analizado el escrito presentado en fecha 16/01/09, por el abogado GERSON MIGUEL VILLAMIZAR GARCÍA, actuando en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, donde solicita de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Sobre Protección a las Victimas, testigos y demás sujetos Procesales se de por terminada la medida de protección acordada en fecha 04/04/07, a favor de los ciudadanos Efraín de Jesús Fuenmayor Rodríguez, titular de la cedula de identidad N°.-V- 9.309.124, y su cuñada María Alejandra Patiño, víctima directa en causa penal en fase de Investigación, identificada con el numero 19F10-1C-283-07,en consecuencia este Tribunal acuerda dejar sin efecto EL APOSTAMIENTO POLICIAL, acordado 04/04/07, en la residencia de la victima por el lapso de seis (06) meses; a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre; a favor de los ciudadanos Efraín de Jesús Fuenmayor Rodríguez, quien es venezolano, portadora de la cédula de identidad No. 9.309.124, nacido el 08/02/1.967, de 40 años de edad, casado, Comerciante, residenciada Urbanización La Llanada, Sector I, Barrio Cambio de Rumbo, Manzana 44, Casa 14, cerca del Pool, Estado Sucre, y su cuñada María Alejandra Patiño. Ofíciese lo conducente al director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a los fines de informarle que se dio por terminada la medida de protección acordada en fecha 04/04/07, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley Sobre Protección a las Victimas, testigos y demás sujetos Procesales.- Se acuerda notificar de la presente decisión a la Fiscalía Superior, y a la víctima.- Remítanse las presentes actuaciones a la fiscalía Décima del Ministerio Público para que sean agregadas a la causa principal.- Así se decide. Cúmplase.-
El Juez Segundo de Control

Abg. OSCAR E. HENRIQUEZ F.








La secretaria,
ABG. ANA LUCIA MARVAL