REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Estado Sucre
Cumaná, dieciocho (18) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO : RP31-L-2008-000221
SENTENCIA
PARTE DEMANDANTE: ALEXY RAFAEL BRITO Y OTROS. Venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N0.11.375.951.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: abogada, ESTHERANGEL MUNDARAY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.610, representación que consta de instrumento poderes autenticado por ante la Notaria Publica de Cumana Estado Sucre de fecha 14/06/2007 y 14/01/2008, anotado bajo los Nos. 57 y 22 Tomo 78 y 06 , el cual riela del folio 17 al 21 de las actas procesales del presente expediente .
PARTE DEMANDADA: ASTIVASCA, FLODIPESCA Y DISTRIBUIDORA DE PESCADO C.A. (DIPESCA).
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: KATHY KABBABE, JOSE VILANOVA, Y OTROSJOSE MANUEL ARIAS PALOMO ,inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos.83.740, 36.161 y 10.431, representación que consta de instrumento poderes apud-actas de fecha 17/06/2008, los cuales consta al folio 67, 82 de las actas procesales del presente expediente .
MOTIVO: BENEFICIO DE ALIMENTACION O CESTA TICKET.
Vista la diligencia suscrita en fecha 17 de junio de 2009, por el abogado en ejercicio ARMANDO NOYA, identificado en auto, actuando en su carácter de apoderado judicial de la codemandada FLOTA DISTRIBUIDORA DE PESCADO C.A. (FLODIPESCA) donde expone: visto el desistimiento del procedimiento y de la pretensión, que cursa por ante este tribunal, … del ciudadano ANGEL CARREÑO, titular de la cedula de identidad No. 9.977.765, en nombre de mi representada acepto el desistimiento del procedimiento y de la pretensión y solicito que asi se declare , es todo termino s……….
Esta tribunal visto el desistimiento realizado por el ciudadano ANGEL CARREÑO, titular de la cedula de identidad No. 9.977.765, quien estuvo asistido por el abogado en ejercicio GERMIS MUÑOZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 42.225, quien expone entre otra cosa Desito en este acto del procedimiento y de la pretensión, según consta de diligencia que riela al folio 2 de la tercera pieza del presente expediente y aunado al consentimiento realizado por el representante judicial de la codemandada antes señalado , y de conformidad con el articulo 265 del Código Procesal Civil que señala:
“El demandante podra limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuara después del acto de la contestación de la demanda, no tendra validez sin el consentimiento de la parte contraria”
En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de conformidad con los artículos 263, 264 y 265 del Código Procesal Civil en concordancia con el articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal Del Trabajo, da por consumado el desistimiento realizado por el ciudadano ANGEL CARREÑO, titular de la cedula de identidad No. 9.977.765, y le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica, por remisión directa del articulo 11 de la Ley Organica Procesal del Trabajo, se le otorga fuerza de COSA JUZGADA ya que es ley entre las partes, solo por lo que respecta a este actor, continuando el juicio por lo que respecta a los demás actores. Y ASI SE ESTABLECE.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,
ABG. ANTONIETA COVIELLO M.
EL SECRETARIO
ABG. SERGIO SANCHEZ D.
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