REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, treinta de junio de dos mil nueve
199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2009-000052
PARTE ACTORA: MIGUEL CORDOVA, CEFERINO JOSE GALANTON, JOSE LUIS RIVAS, HECTOR JOSE ZAPATA, OMAR JOSE VELIZ y SANTOS BAUTISTA VELASQUEZ
CODEMANDADOS: JOSE LUIS ALONZO, CONSORCIO L.V.G y FERNANDO PASE
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA CONSORCIO L.V.G: FELIX CASANOVA Y FABIOLA MUJICA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

SENTENCIA

Visto que el día de veintiséis (26) de Junio del 2009, oportunidad prevista para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se hicieron presente por la parte actora los ciudadanos MIGUEL CORDOVA, CEFERINO JOSE GALANTON, JOSE LUIS RIVAS, HECTOR JOSE ZAPATA, OMAR JOSE VELIZ, debidamente asistidos por el ciudadano JAVIER MENDOZA, abogado en ejercicio inscrito en el i.p.s.a bajo el nro. 107.231 en su carácter de Procurador de Trabajadores, dejándose constancia de la incomparecencia del ciudadano SANTOS BAUTISTA VELASQUEZ.., identificado en autos, quien es actor en la presente causa.. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, para este solo demandante y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, para él. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 131 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.

La Juez,


Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL Por la secretaría