REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE CUMANA SALA DE JUICIO Nº 2
198° y 150°

Cumaná 18 de junio de 2009


Visto el escrito presentado por el ciudadano PATRIZIA ERMINIA CHIARELLO NATOLI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.832.953, domiciliada en esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, Parcelamiento Miranda, Calle Tacarigua, frente CDI de las Palomas, en el cual solicita de este Tribunal la designación de un CURADOR, a favor de su hija la adolescente: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud que ha decidido contraer nupcias, de conformidad al artículo 110 del Código Civil Venezolano.-

Admitida como fue la solicitud en fecha veintiuno (21) de mayo del año Dos Mil Nueve (2009), se acordó librar boleta de notificación a la ciudadana EMANUELA NATOLI DE CHIARELLO, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-951.059, domiciliada en esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, Parcelamiento Miranda, Calle Tacarigua, frente CDI de las Palomas, a los fines comparezca al segundo (2°) día de despacho siguiente a su notificación, a las l0:00 a.m., a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo para el cual ha sido nombrada y en el primero de los casos preste juramento de ley.- Boletas de Notificaciones a la curadora y a la Fiscal del Ministerio Público

En fecha: tres (03) de junio del año dos mil nueve (2009), se dio por notificada la ciudadana EMANUELA NATOLI DE CHIARELLO, en su condición de curador designado.-

En fecha: Dos (02) de Junio del año dos mil nueve (2009), es consignada por el alguacil de este Tribunal, copia de la boleta de Notificación debidamente firmada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público.


En fecha treinta cinco (05) de julio del año dos mil nueve (2009), comparece la ciudadana: EMANUELA NATOLI DE CHIARELLO y aceptó el cargo de CURADOR AD-HOC, recaído en su persona, a favor de la adolescente: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-


Llenos como están todos los extremos legales, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley nombra como CURADOR AD-HOC, de la adolescente: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la ciudadana: EMANUELA NATOLI DE CHIARELLO, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-951.059, domiciliada en esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, Parcelamiento Miranda, Calle Tacarigua, frente CDI de las Palomas, para que asuma la representación legal de la niña: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dos (02) años de edad.-

Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.-

Publíquese y déjese copia certificada.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año Dos Mil Nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Jueza Nº 2



Abg. María Eugenia Graziani L.




La Secretaria,
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ

La presente decisión fue publicada en esta misma fecha siendo las 11.00 a.m.




La Secretaria,
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ







MEGL/icr
Exp N° TP2-1574-09
DECISION DE CURATELA
Solic. PATRIZIA ERMINIA CHIARELLO NATOLI