REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio Sede Cumaná.

Cumaná, 15 de Junio de 2009.
199° y 150°


Vista la diligencia estampada por el ciudadano Abogado JESUS MANUEL MOYA MARCANO, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en la cual solicita que de existir cuenta bancaria en la presente causa se oficie a dicho banco para que manifieste si dicha cuenta bancaria se encuentra activa, y de estarlo especifique el monto que actualmente posee la referida cuenta de ahorros. Igualmente solicita se oficie al CNE para que remitan el domicilio actual de la ciudadana ZULAY OBDULIA MARQUEZ DE FRANCESCHI. Igualmente solicita de no estar activa y no poseer cantidades de dinero, se le sugiere a esta sala de juicio cerrar la presente causa, y de poseerla se le notifique a la referida ciudadana una vez que conste en auto la dirección solicitada, que debe comparecer ante este Tribunal a entrevistarse con la Jueza; y dada cuenta a la misma de la presente diligencia; este Tribunal hace del conocimiento a la Representación Fiscal, de que en la presente causa no se ordenó aperturar cuenta de ahorros alguna, aunado a eso los beneficiarios por los cuales se aperturó el expediente los hermanos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actualmente son mayores de edad y nunca llegó dinero a favor de ellos; en consecuencia se acuerda el cierre de la causa, archivo del expediente y la remisión del mismo constante de catorce (14) folios útiles al Archivo Judicial Regional.- Cúmplase.-
La Jueza Nro. 2


Abg. María Eugenia Graziani
La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria

MEG/mariela
Exp. TP2-293
Causa: Consignación de Bienes.
Solicitante: Zulia Obdulia Franceschi