REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTES









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTES DELPRIMER CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CUMANACOA, DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE
199° Y 150°


Vista la solicitud suscrita por el ciudadano JESUS MANUEL MOYA MARCANO, en su carácter de Fiscal Cuarto Provisorio del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha Cinco (05) de Junio de 2009, quien actúa según las atribuciones que le confiere la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescentes, en el cual solicita a este Tribunal se sirva decretar el cierre de la presente causa; este despacho visto la solicitud hecha por la representación fiscal, emite su pronunciamiento de acuerdo a lo siguiente:

De la revisión de las actas procesales que conforman el expediente se evidencia, que el mismo fue incoado por la representación Fiscal en fecha: Doce (12) de Mayo de 2008, quien representando a la Ciudadana ANDREINA DE LOS ANGELES CORONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 16.817.177, con domicilio en la Manga, casa N° 04, cumanacoa, Parroquia Cumanacoa, Municipio Sucre, del Estado Sucre, madre del niño: , de siete (07), años de edad, quien solicita, El CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en contra del ciudadano: ALEJANDRO JOSE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.886.559, quien trabaja como Reservista en la escuela de Operaciones Especiales, en Cocollar, Municipio Montes, del Estado Sucre y esta residenciado en Caiguire, Calle Principal, casa N° 03, Parroquia Cumanacoa, Municipio Montes, del Estado Sucre y quien es el padre del niño .

Se admitió por ante este despacho en fecha: Catorce (14) de Mayo de 2008, y en el Auto de Admisión se ordeno la citación del demandado. Se libró Citación.

En fecha Dos (02) de Junio 2008, el Alguacil de este Despacho, consigno en (01) folio útil, Auto manifestando que se traslado a la residencia del demandado y que sus familiares le manifestaron que el mismo se encontraba Prestando el Servicio Militar en la Escuela de operaciones especiales de Cocollar.

El día Doce (12) de Marzo de 2009, compareció el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico y estampo diligencia solicitando al Tribunal, ordenara al Alguacil de este despacho, trasladarse hasta la Escuela de Operaciones Especiales a fin de citar al demandado.

El día Veinte (20) de marzo de 2009, el Alguacil de este despacho, consigno en un (01) folio útil, Boleta de Citación, sin cumplir, por cuanto las autoridades del la Escuela de Operaciones Especiales, le habían manifestado que el ciudadano: JOSE DIAZ, no se encontraba allí, por cuanto habÍa solicitado la baja.

En fecha: Cinco (05) de Junio de 2009, el ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Público: JESUS MANUEL MOYA MARCANO, solicita ante este Juzgado el cierre de la presente causa; así las cosas, por cuanto esta solicitud fue pretendida por la representación Fiscal, quien en este proceso representa a la parte demandante y esto es una causal de terminación del Proceso; este Juzgado del Municipio Montes, del Primer circuito Judicial del Estado Sucre, acuerda la solicitud hecha por la representación fiscal parte actora en este proceso ordenando cierre y el archivo de la misma.
La Jueza Provisorio,

Abog. Milagros Otero Ramos
La secretaria

Ada Gricelda Sánchez
Exp. 694-08 Sentencia Interlocutoria
Demandante: Andreina Coronado
Demandado: Alejandro Díaz
Causa: Cumplimiento de Obligación de Manutención