CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 11 de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-000490
ASUNTO: RP11-P-2007-000490

EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO

Definitivamente firme, como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA, dictada en fecha, 21/04/2009; realizada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre Extensión Carúpano; mediante la cual se decreto Sobreseimiento de la Causa; seguida al Ciudadano: Ismael José Obando Ugas, venezolano, de 36 años de edad, nacido en fecha: 11-04-70, titular de la Cédula de Identidad N° 12.287.338, de estado civil: casado, de profesión u oficio: agricultor, hijo de: Zoraida Ugas, e Ismael Obando, residenciado en: Caserío Tunapuicito, Municipio Benítez, Estado Sucre; por considerar que hay suficientes elementos de convicción para estimar que el mismo está incurso en la comisión del delito de Lesiones Personales del tipo Legal básico, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal; en perjuicio de ; Raúl Enrique Obando Carrera, decretándose el Sobreseimiento de la 318, ordinal 3° en relación al artículo 48, ordinal 5° por extinción de la acción penal.

En tal sentido, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: EJECUTADA LA SENTENCIA dictada en fecha 21/04/2009; realizada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre Extensión Carúpano; mediante la cual se acuerda el sobreseimiento de la causa por Extinción de la Acción Penal; todo de conformidad alo establecido en el artículo 318 Ordinal 3° en relación con el Articulo 45, 47 ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia y por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa se ordena remitir al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia y posterior remisión al Archivo Judicial; Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución

Abg. Abelardo Royo.
La Secretaria

Abg. Nereida Estaba
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,

Abg. Nereida Estaba.