REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
Carúpano, 3 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-003510
ASUNTO: RP11-P-2006-003510
DISPOSITIVA
Por todo los fundamentos de hechos y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL Y EL CONSECUENTE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano RODOLFO LUIS ARIAS RIVAS, venezolana, nacido en fecha 24-02-73, titular de la cédula de identidad n° 11.969.099, soltero, de profesión carpintero, hijo de José Francisco Arias y Daysi Rivas y residenciado en la calle Libertad, casa N° 273, al final de la calle, Carúpano, estado Sucre, por la comisión del delito de de Lesiones Personales Leves previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de JOSE FRANCISCO FERRER GÓMEZ de conformidad con lo previsto en el articulo 108 numeral 6° y el articulo 110 en su segundo párrafo, todos del código penal en concordancia con el articulo 48 numeral 8° y 318 numeral 3° todos del código orgánico procesal penal. El texto integro de la presente decisión se publicara dentro de los diez (10) hábiles siguientes a la presente decisión. Decisión que es dictada de conformidad con el artículo 365 del Código Orgánico Procesal penal. Quedan notificados los presentes en sala. Dada, Firmada y sellada a los tres (03) días del mes de Junio de años 2009.
La Jueza Primera de Juicio
El Secretario
Abg. Lourdes Salazar Salazar
Abg. Anna Di Bisceglie
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