REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 16 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2003-000044
ASUNTO : RK01-P-2003-000044
Vista la comunicación Nro. 114, de fecha 15 de Junio de 2009, emanada del Internado Judicial de esta Ciudad, Cumaná, suscrita por el Director de ese centro de reclusión, donde remite acta suscrita por el penado JUAN JOSÉ ROJAS, quien informa desconocer que el beneficio que se le estaba tramitando y que se le acordó era el de régimen abierto, y que renuncia a este beneficio y solicita que se reconsidere este Tribunal la decisión y se le acuerde destacamento de trabajo, este Tribunal observa lo siguiente:
Consta al folio 246 de la pieza 4, oficio Nro. 61, emanado del Internado Judicial de esta Ciudad, Cumaná, suscrita por el Director de ese centro de reclusión donde solicita el Régimen Abierto para el penado Juan José Rojas.
Riela al folio 247 de la pieza 4, solicitud del penado Juan José Rojas para el otorgamiento de Régimen Abierto, y solicita que sea para la ciudad de Maturín Estado Monagas.
Cursa al folio 257 de la pieza 4, solicitud de la Defensora Pública Susana Boada de Martínez, para que se le acuerde al penado Juan José Rojas el Beneficio que corresponda, que por el tiempo cumplido de pena y el principio de progresividad le corresponde el de Régimen Abierto, siempre cumpliendo con los demás requisitos.
Cursa informe psico social con pronóstico “Favorable” expedido por el Órgano especializado para ello, preparado por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná, para el otorgamiento del Régimen Abierto, tal como consta en los folios del 233 al 237 de la pieza 4 de la causa.
De lo analizado se interpreta que la decisión dictada por este Tribunal Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, Cumaná, en fecha 10-06-2009, que acuerda el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO (RÉGIMEN ABIERTO), al penado JUAN JOSÉ ROJAS, nacido en fecha 03/03/1978, de 30 años, cédula de Identidad N° V- 13.360.725, de profesión obrero, residenciado en El Peñón calle Principal, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre, para ser cumplida en el Centro de Tratamiento Comunitario Miguel Antonio Blanco Guerra de Maturín, Estado Monagas, fue solicitada por el Director del Internado de esta ciudad, por la defensora pública Susana Boada y por el penado JUAN JOSÉ ROJAS, por lo que tal decisión se encuentra ajustada a derecho, pues ha sido acordada a solicitud de partes, verificándose los demás requisitos de Ley y basándose en el principio de progresividad.
Sien embargo entiende este Tribunal que el penado JUAN JOSÉ ROJAS, renuncia a la Fórmula Alternativa acordada y solicita la de destacamento de trabajo, por lo que lo procedente en el presente caso es proceder a evaluarlo nuevamente para el beneficio de destacamento de trabajo en virtud de que la evaluación practicada era para una formula distinta a la solicitada. Y así se declara.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Circuito Judicial Penal de Cumaná, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA la práctica de una nueva evaluación psicosocial al penado JUAN JOSÉ ROJAS, nacido en fecha 03/03/1978, de 30 años, cédula de Identidad N° V- 13.360.725, de profesión obrero, residenciado en El Peñón calle Principal, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre, para el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, (DESTACAMENTO DE TRABAJO). Y asi se decide.
Ofíciese al Director del Internado Judicial de esta ciudad informándole de la presente decisión y que deje sin efecto el Traslado del Penado JUAN JOSÉ ROJAS al Centro de Tratamiento Comunitario Miguel Antonio Blanco Guerra de Maturín Estado Monagas, anexándole la presente decisión, y boleta informativa al penado.
Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná, a los fines de que practique evaluación psicosocial al penado JUAN JOSÉ ROJAS, para el otorgamiento de Destacamento de Trabajo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público del Estado Sucre, a la Defensa. CÚMPLASE.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
EL SECRETARIO
ABG. LUIS PRIETO