REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 3 de Junio del 2.009.
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002637
ASUNTO : RP01-P-2006-002637
Vista el acta de comparecencia levantada por este Tribunal, en donde se deja constancia que el penado: ALVER JESUS GUEVARA comparece por ante este tribunal, poniéndose a derecho de manera voluntaria, señalándole a este recinto judicial que la última vez que vino a presentarse unos jóvenes lo amenazaron, iban en unos carros, eso hace como un mes, por medio de eso se lo comunicó a su mamá, y le dijo que no se venía a presentar más, porque no quería perder su vida, que él sabe que no es excusa, pero la vida de él vale más que una presentación, que no conoce a esos sujetos, y quiere ponerse a derecho; este Tribunal una vez analizado, la presente acta y cada una de las actas procesales que conforman la causa, puede observar que efectivamente este Tribunal en fecha: 08-01-09 libró orden de captura en contra del penado: HAIBER JESUS GUEVARA VALLENILLA Venezolano, soltero, residenciado en Las Delicias de Caiguire, segunda calle, casa No42, detrás de la Panadería El Gran Trigo de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-15.935.821 sin embargo, tomando en consideración lo expuesto por el penado de autos, y en atención a su comparecencia voluntaria de querer seguir sometiéndose al presente proceso, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda librar Notificación al penado: HAIBER JESUS GUEVARA VALLENILLA Venezolano, soltero, residenciado en Las Delicias de Caiguire, segunda calle, casa No42, detrás de la Panadería El Gran Trigo de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-15.935.821 a fin de que comparezca por ante este Tribunal, se comprometa a través de acta a continuar cumpliendo con las exigencias de su delegado de pruebas de la UTASP, las impuestas por este Tribunal y de suministrar la dirección exacta y fija ante este Tribunal, y una vez obtenido tales exigencias este Juzgado dejará sin efecto en dicha acta la orden de captura antes referida y oficiando a la UTASP participándole la ratificación y continuidad del beneficio antes concedido. Líbrese Boletas de Notificación al penado de autos y a la Defensa Pública, Abg. Elizabeth Betancourt.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Andreina Almeida.