REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE
Carúpano, 16 de Julio del 2009
199° y 150°
EXP. N° 6.547-08.-
DEMANDANTE: ROBERTO CARLOS MONASTERIOS MARIN
DEMANDADO: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ
MOTIVO: DEMANDA LABORAL
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (TERMINADO)
Revisadas las actas que conforman el presente expediente, se observa que al folio ochenta y siete (87) del expediente, corre inserta comparecencia del abogado en ejercicio Pablo Bergamo Rondón, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 73.573, en su carácter de Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, donde hace entrega en dicho acto cheque del Banco Mi Casa N° 69000674, por la cantidad de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 20.878.80) a nombre de la ciudadana ROSANNY BEATRIZ MAGO CARVAJAL, correspondiente al pago de las Prestaciones Sociales del De Cujus ROBERTO MONASTERIO MARIN. En consecuencia, garantizando el interés del Niño, a fin de salvaguardar los extremos contenidos en el artículo 30 literal a, b y c, y este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley da por terminado el presente procedimiento y se acuerda el cierre y archivo del expediente. Así se decide.-
ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ,
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ.
LA SECRETARIA.
En La misma fecha se publico la anterior sentencia siendo las 10:00 a.m y se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA,
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ,
EXP: N° 6.547-08.-
JMG/pdm/fg.-
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