En el día de hoy, quince (15) de Julio del año dos mil nueve (2.009), siendo las dos y treinta y cinco minutos de la tarde (2:35 p.m.), se trasladó el Tribunal, conformado por la Dra. Yrma Figuera de Rivera, en su condición de Jueza Titular Ejecutora de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre y el Abg. Omar Quijada Zapata, Secretario del mismo; en compañía del Abogado en Ejercicio: Jesús Alberto Martínez Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 33.415, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora; constituyéndose, siendo las dos y cincuenta minutos de la tarde (2:50 p.m.); en la siguiente dirección: vía que da entrada a la Urbanización Guayacán de Las Flores, frente al Ambulatorio de ese sector, en el local donde funciona la empresa demandada “Servicauchos San Miguel, C. A.”; a los fines de la continuación de la práctica de la medida preventiva de embargo decretada por el Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre.- Acto seguido notifica de su misión a la ciudadana: María Alejandra Alfonso González, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.076.765; quien manifiesta ser Vice-presidente de la empresa demandada y a la cual se le concede un lapso de treinta (30) minutos para que busque un medio alternativo y/o se comunique con un abogado de su confianza, a los fines de garantizarle a la demandada el derecho a la defensa y el debido proceso consagrado en los artículos 26 y 49, en concordancia con el 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- En este estado la notificada y representante de la demandada manifiesta que se comunico telefónicamente con su abogado de confianza.- Siendo las tres y diez minutos de la tarde (3:10 p.m.) se hace presente la abogada en ejercicio Mari Carmen Ortiz M., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.050 y previa solicitud del derecho de palabra expone: Mi presencia en este acto es con la finalidad de asistir a la demandada, quien se encuentra representada en este acto por su vice-presidenta, ciudadana: María Alejandra Alfonsí González, antes identificada, la cual a los fines de dar por terminado el presente juicio ofrece pagar a la parte actora, representada en este acto por el Abogado en Ejercicio: Jesús Alberto Martínez Navarro, para el día viernes diecisiete (17) de Julio del año dos mil nueve (2.009), la cantidad de veintiún mil quinientos Bolívares (Bs. 21.500,00); en tal sentido solicita del representante de la parte actora se suspenda la presente medida, es todo.- Seguidamente, solicita el derecho de palabra el Apoderado Judicial del la parte actora, antes identificado y expone: En virtud de lo expuesto por la parte demandada y a los fines de buscarle una solución amistosa que ponga fin al presente juicio, manifiesto mi conformidad con la propuesta de pago formulada, razón por la cual solicito de este Tribunal la Suspensión de la presente medida hasta el día viernes diecisiete (17) de Julio del año dos mil nueve (2005).- El Tribunal, visto lo expuesto por las partes y solicitando por la parte actora Suspende la práctica de la presente medida hasta el día diecisiete (17) de Julio del año dos mil nueve (2.009).- Acto seguido el Secretario da lectura a la presente acta y el Tribunal hace constar que no hubo observaciones u objeciones a la misma y cumplida como ha sido su misión acuerda el regreso a su Sede Natural, siendo las cuatro y cinco minutos de la tarde (4:05 p.m.).- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Jueza Titular, (fdo) ilegible. Dra. Yrma Figuera de Rivera.- La Notificada y representante de la demandada, (fdo) ilegible. María A. Alfonso G.- El Apoderado Judicial de la parte actora, (fdo) ilegible. Abg. Jesús A. Martínez N.- La Abogada Asistente de la representante de la demandada, (fdo) ilegible. Mari C. Ortiz M.- El Secretario (fdo) ilegible. Abg. Omar Quijada Zapata.-