REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 23 de Julio de 2.009.-
199° y 150°
SOL. Nº. 5.351-09
SOLICITANTES: MONTAÑO ARELIS DEL VALLE y EUCARIO RAMON CAMPOS REYES, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.857.789 y 5.592.534, respectivamente.-
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
MOTIVO: Titulo Supletorio (Vehículo).
SENTENCIA: Interlocutoria.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: ARELIS DEL VALLE MONTAÑO y EUCARIO RAMON CAMPOS REYES, venezolanos, mayores de edad, solteros, civilmente hábiles titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.857.789 y 5.592.534, respectivamente y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio DOUGLAS ALEXANDER MAGO AGUIAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.165 y visto igualmente el pedimento que hacen por ante éste Tribunal para que se les conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo Clase: CAMIONETA, Tipo: MINIBÚS, Marca: DODGE, Modelo: DM 350 CONDOR, Año: 1.992, Serial de Carrocería: 3B6ME3946NM-557918, Uso: POR PUESTO, Serial del Motor: 8 CILINDROS, Placas:303-032,color: BLANCO, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: LUIS BELTRAN SANDOVAL y JHONNY ALBERTO GARCIA MARCANO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados el primero en el Caserío Queremene, Calle Principal, Sin Numero, cerca de la Chivera Sucre, del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre y el Segundo, en Guayacán de las Flores, Sector 02, Vereda 31 casa Nº 29, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 3.135.746 y 11.968.410, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados y los resultados de las experticias realizadas al descrito Vehículo por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistas (C.I.C.P.C); y el Instituto Nacional de Transporte y Transito Terrestre, se demuestra el derecho o pretensión de los solicitantes.-
En consecuencia, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que correspondan a terceros; de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de los ciudadanos ARELIS DEL VALLE MONTAÑO y EUCARIO RAMON CAMPOS REYES, titulares de las Cedulas de identidad Nros. 5.857.789 y 5.592.534 respectivamente, sobre el referido Vehículo, Clase: CAMIONETA, Tipo: MINIBÚS, Marca: DODGE, Modelo DM 350 CONDOR, Año: 1.992, Serial de Carrocería: 3B6ME3946NM-557918, Uso: POR PUESTO, Serial del Motor: 8 CILINDROS, Placas:303-032,color BLANCO.- Así se decide.
Diarícese, déjese copia en el archivo de este Juzgado, publíquese en la página Web y Devuélvase original con sus resultados a los solicitantes.-
EL JUEZ,
DR. MIGUEL ANGEL CORDERO.-
EL SECRETARIO
ABG. OSMAN R MONASTERIOS B.-
Nota: Constante en Setenta y Ocho (78) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
El Secretario,
Abg. Osman Monasterios B.
MAC/OM.-
Exp.. Nº.5.351-09.-
|