REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXT CARUPANO
TRIBUNAL DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTE
Carúpano, 30 de julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-003825
ASUNTO: RP11-P-2008-003825
Auto de Ejecución de sentencia
Definitivamente firme como ha quedado la Decisión dictada por el Juzgado de Primero de Juicio de esta Sección Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano en fecha 06/07/09, mediante la cual absolvió al joven "OMISIS"; en la presente causa seguida por la comisión del delito de Homicidio intencional en grado de cooperador inmediato, tipificado en el artículo 405 del código penal venezolano, en concordancia con el 83 ejusdem, en perjuicio del hoy occiso José Nelson Rodríguez Martínez, Este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en consecuencia EJECÚTESE, y en virtud de haberse declarado la absolutoria y de no existir otras actuaciones que realizar, se Acuerda el archivo del mismo y su correspondiente envío al archivo central de este Circuito Judicial Penal, para su guarda y custodia y posterior remisión al archivo judicial, notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Doanalmy Román
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