REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
Carúpano, 13 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-000086
ASUNTO: RP11-P-2009-000086

DISPOSITIVA
Éste Tribunal Primero de Juicio actuando como Tribunal Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, conformado por la Abogada LOURDES SALAZAR, como Jueza Presidenta y los ciudadanos FELIPE DEL JESÚS GARCÍA MARTÍNEZ Y HORTENCIA JOSEFINA MEDINA SANCHÉZ, como escabinos principales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide ABSOLVER POR UNANIMIDAD, a el ciudadano JHONNY MANUEL BRITO LÓPEZ, venezolano, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: obrero, nacido el 27-04-1990, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.026.741, hijo de Emilitza Soraida López Guerra y Ceferino José Brito Caraballo, y residenciado en Yaguaraparo, caserío la Quilla, calle principal, casa s/n, cerca de la Bloquera y la Herrería, Municipio Cajigal del Estado Sucre, a quien la representación de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público le imputó la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 43 , en su Tercer aparte de la Ley Orgánica sobre El Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la adolescente OMISSIS. La presente es dictada de conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia de ella se ordena la Libertad Inmediata del mismo desde ésta misma sala. Librese boleta de Libertad adjunto a oficio al Comandante de la Policía de ésta ciudad. El texto integro de la sentencia se publicará dentro de los Diez (10) días hábiles siguientes al presente pronunciamiento. Quedan las partes presentes debidamente notificadas con la lectura y firma del acta Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias 3 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, a los Trece (13) días del mes de Julio del año 2009.Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación

LA JUEZA PRESIDENTE PRIMERA DE JUICIO


ABG LOURDES M SALAZAR



LOS ESCABINOS





FELIPE DEL JESÚS GARCÍA MARTÍNEZ



HORTENCIA JOSEFINA MEDINA SANCHÉZ






LA SECRETARIA DE SALA



ABG. MARÍA VÁSQUEZ