REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Cumaná, 2 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-001816
ASUNTO : RP01-P-2007-001816


AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA

Este Tribunal por revisada la presente causa y en virtud que para el día de mañana se encontraba fijada una audiencia oral para decidir sobre la situación jurídica del penado JUAN CARLOS ACUÑA MARVAL, en cuanto a la revocatoria de las redenciones ejecutadas en su favor, advierte que a la presente fecha el penado ha cumplido la totalidad de la pena y debe acordársele su inmediata libertad, razón por la cual se debe dejar sin efecto la referida audiencia y proceder a decidir sobre la extinción de la pena por cumplimiento de condena de la siguiente manera:

El Penado fue condenado a cumplir una pena de Dos (02) Años y Nueve (09) Meses de Prisión, y se encuentra detenido desde el día 06-06-2007, ejecutándole una redención en fecha 16-12-2008, por lo que a la fecha de hoy advierte este Tribunal que el panado ha cumplido la totalidad de la pena impuesta de Dos (02) Años y Nueve (09) Meses de Prisión, y de las actas se desprende el cabal cumplimiento de la pena; En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Cumplida y por consecuencia Extinta la Pena Corporal del ciudadano JUAN CARLOS ACUÑA MARVAL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 15.112.587. Y así se decide.

Se ordena remitir las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 478, 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal.

Notifíquese a las partes; se ordena librar oficios a los Cuerpos Policiales a fin informarle de la presente decisión; remítase Copia Certificada a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia- Caracas. Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución

Dr. Freddy´s Perdomo Sierralta

El Secretario

Abg. Luis Prieto