REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 21 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004442
ASUNTO : RP01-P-2008-004442
Visto el pedimento del ciudadano Fiscal Superior, en al cual solicita el cese de la Medida de Protección, en virtud de que ya trascurrió el lapso de seis meses por el cual fue otorgada, sin que la víctima haya solicitado su prórroga; este Tribunal revisada como ha sido la causa y constatado que efectivamente ya trascurrieron más de seis meses desde el 10 de abril del 2009, que fue el término por el cual fue acordada, en consecuencia se declara procedente la solicitud fiscal y se ordena el cese de la Medida de Protección a la Victima a favor de las Víctima, ciudadano CARLOS LUIS GARCÍA LAREZ, y su núcleo familiar, la cual les fue otorgada a fin de garantizarle su integridad física, consistente en RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS PERMANENTES POR EL DOMICILIO DE LAS VICTIMAS, a cargo de Funcionarios Adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, por un lapso de seis (6) meses. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 42 y 104 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo notifíquese a la solicitante y remítase las actuaciones a la Fiscalía.
El Juez
El Secretario
Douglas José Rumbos Ruiz
Carlos Julio González
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