Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 1 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-002594
ASUNTO : RP01-P-2009-002594


Visto el pedimento de la ciudadana Fiscal Abg. Magllanyts M. Briceño D, en al cual solicita el sobreseimiento de la causa al ciudadano Robert José Rodríguez Patió, ello en virtud de que el ciudadano investigado Robert José Rodríguez Patió, falleció en fecha 21 de febrero del año en curso. Este Tribunal a efectos de decidir observa que en las actas procesales, corren insertas acta policial y protocolo de autopsia a un ciudadano de nombre Robert José Rodríguez Patiño, más no el documento legal, que acredite de manera idónea el fallecimiento del ciudadano Robert José Rodríguez Patió, en consecuencia al no existir en la causa, certificación del fallecimiento del investigado, tal como lo exige el Código Civil Venezolano, vigente, texto legal que contempla lo relativo a la extinción de la personalidad jurídica; lo procedente es declarar improcedente el petitorio fiscal y así se decide. Este Tribunal Tercero de Control, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara improcedente el Sobreseimiento de la Causa por extinción de la acción penal, por muerte del imputado; al no constar la debida certificación que acredite el fallecimiento legal del ciudadano Robert José Rodríguez Patió. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 Ord. 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la solicitante y remítase las actuaciones junto con oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público para el pronunciamiento de Ley. Es todo. Cúmplase.-
El Juez



Douglas José Rumbos Ruiz
El Secretario



Carlos Julio González