REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal - Cumaná
SALA ÚNICA
Cumaná, 07 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO N° RP01-R-2009-000099
JUEZ PONENTE: Cecilia Yaselli Figueredo
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado RAFAEL ALBERTO LATORRE CÁCERES, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano ALEXANDER JOSÉ COVA RODRÍGUEZ, contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 31-03-2009, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano ALEXANDER JOSÉ COVA RODRÍGUEZ, a cumplir la pena DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO en perjuicio de los ciudadanos HERNÁN ALEXIS PÉREZ FRONTADO, ADONIS JOSÉ SULBARAN RUIZ (OCCISO), PEDRO RAFAEL SULBARAN RUIZ y MARIANNIS DEL VALLE CASTELLAR CASTELLAR.-
Recibidas estas actuaciones se dio cuenta de ello al Juez Presidenta, correspondiendo la ponencia por distribución automática a la Jueza Superior Cecilia Yaselli Figueredo, quien con tal carácter suscribe el presente fallo, y quien antes de decidir observa:
DE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO
Ciertamente el Código Orgánico Procesal Penal establece en su artículo 432 que las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos.-
Esta Alzada para pronunciarse acerca de la Admisibilidad del recurso interpuesto hace las siguientes consideraciones:
Leído y analizado el escrito contentivo del presente recurso de apelación, se evidencia del folio 46 de la presente causa, el cómputo practicado por la secretaria del Tribunal A quo, que desde el día que se dictó la Sentencia condenatoria en contra del ciudadano ALEXANDER JOSÉ COVA RODRÍGUEZ en fecha 31-03-2009 hasta el día 09-06-2009 cuando el recurrente interpuso el Recurso de Apelación, habían trascurrido TRECE (13) DÍAS HÁBILES a saber: Jueves 21, Viernes 22, Lunes 25, Martes 26, Miércoles 27, Jueves 28 de Mayo de 2009, Lunes 01 de Junio de 2009; Martes 02, Miércoles 03, Jueves 04, Viernes 05, Lunes 08, Martes 09.-
Lo antes observado, nos lleva a citar lo pautado en el artículo 453 ejusdem, cuando nos dice: que el recurso de apelación contra la sentencia Definitiva se interpondrá ante el Juez o Tribunal que la dictó, dentro de los diez días siguientes contados a partir de la fecha en que fue dictada, o de la publicación de su texto íntegro……. Lo antes dicho se encuentra corroborado en el cómputo realizado por la secretaría del Tribunal A quo, cursante al folio 46 (de las actuaciones remitidas a esta Alzada).
Por otra parte el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, nos habla de las causales por las que solamente podrá la Corte de Apelaciones declarar la Inadmisibilidad del recurso tal como lo establece en su literal b, el cual reza:
“b.- Cuando el recurso se interponga extemporáneamente;…”
De allí que lo procedente es declarar la INADMISIBILIDAD del recurso interpuesto por EXTEMPORÁNEO. Y ASI SE DECLARA.- Quedando en consecuencia CONFIRMADA la decisión recurrida.- Y ASI SE DECIDE.-
D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el Abogado RAFAEL ALBERTO LATORRE CÁCERES, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano ALEXANDER JOSÉ COVA RODRÍGUEZ, contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 31-03-2009, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano ALEXANDER JOSÉ COVA RODRÍGUEZ, a cumplir la pena DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO en perjuicio de los ciudadanos HERNÁN ALEXIS PÉREZ FRONTADO, ADONIS JOSÉ SULBARAN RUIZ (OCCISO), PEDRO RAFAEL SULBARAN RUIZ y MARIANNIS DEL VALLE CASTELLAR CASTELLAR.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.
Publíquese, regístrese y remítase al Tribunal de origen a quien se faculta para practicar las notificaciones respectivas.
El Juez Presidente,
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
La Jueza Superior, Ponente,
Dra. CECILIA YASELLI FIGUEREDO
El Juez Superior,
SAMER ROMHAIN MARÍN
El Secretario, Acc.
Abg. LUIS BELLORÍN MATA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El Secretario, Acc.
Abg. LUIS BELLORÍN MATA
CYF/lem.-
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