REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 09 de Febrero 2.009
198° y 149°
Exp. N° 16.387

DEMANDANTE: ANTONIO RAFAEL MILLAN RUIZ, inscrito en
el InpreAbogado bajo el N° 89.562.

APODERADO JUDICIAL: Abg. ROSANDRA MARIA PROSPERI
SALGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°
89.562.

DOMICILIO PROCESAL: Calle El Prado, Urbanización Bello Monte, casa
Mamá Gladis, Carúpano, Municipio Bermúdez del
Estado Sucre.

DEMANDADO: CESAR LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad
N° 5.896.224.

APODERADO JUDICIAL: Abgs. WILFREDO ELON ESPINOZA y SAMER
SALAHELDIN HASSANI, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 10.177 y 71.370.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Colombia cruce con Margarita, Local Panadería
y Charcutería Centro Chaceca, Carúpano, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre.

MOTIVO: INTIMACIÓN AL PAGO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la Transacción suscrita por las Abogados SAMER SALAHELDIN HASSANI y WILFREDO LEON ESPINOZA, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 71.370 y 10.177, con el carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandada en el presente juicio, y Abogada ROSANDRA MARIA PROSPERI SALGADO, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.562, con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante en el presente juicio; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la TRANSACCIÓN de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, e igualmente se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria Acc.,

Lic. Aracelis Teresa Martínez.



SGDM-mmg.
Exp. N° 16.387