LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 18 de Febrero de 2.009.-
198º y 149º.-
Exp. N° 16.445
DEMANDANTE: CESAR JOSÉ LÓPEZ, titular de la Cedula de
Identidad N° 5.896.224.
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.
APODERADO: WILFREDO LEÓN ESPINOZA Y SAMER
SALAHELDIN HASSANI, Inscritos en el
Inpreabogado bajo los Nros: 10.177 y 71.370,
respectivamente.
DEMANDADO: ANTONIO RAFAEL MILLÁN RUIZ,
Titular de la cedula de identidad N° 535.402.
APODERADO: ROSANDRA MARIA PROSPERI SALGADO,
Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.562.
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.
MOTIVO: OFERTA REAL.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la anterior diligencia suscrita por la Abogada en Ejercicio ROSANDRA MARIA PROSPERI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.562, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demanda en el presente juicio ciudadano ANTONIO RAFAEL MILLÁN RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 535.402, tal como consta en el expediente signado con el N° 16.387 de la nomenclatura interna de este Tribunal de lo cual hace uso este juzgado en virtud de la denominada “Notoriedad Judicial”. Y visto igualmente el Convenimiento Suscrito, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Convenimiento, Así mismo, se ordena hacer entrega de la Libreta de Ahorros de la cuenta aperturada en la presente causa a la parte demandada en el presente juicio, para lo cual se ordena Oficiar a la Entidad Financiera de BANFOANDES, con sede en esta ciudad de Carúpano, y se ordena entregar el oficio librado por este Tribunal, a dicho demandado a los fines de que se dirija a esa oficina e igualmente se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.-
La Secretaria Acc,
Lic. Aracelis Teresa Martínez.-
Exp. N° 16.445.-
SGDM/Atm/ecm.-
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