LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 17 de Febrero de 2.009.-
198º y 149º.-

Exp. N° 16.343

DEMANDANTE: DAISY GRISEL VILLARROEL ÁLVAREZ,
Titular de la cedula de identidad N° 5.880.786

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.

APODERADO: RAMÓN JOSÉ MARÍN Y JAQUELINE
MARÍN, Inscritos en el Inpreabogado bajo los
Nros: 63.397 y 47.312, respectivamente.

DEMANDADO: LUIS JOSÉ LÓPEZ HIDALGO, titular de la
Cedula de Identidad N° 7.843.682.

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.

MOTIVO: DIVORCIO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la anterior diligencia suscrita por el Abogado en Ejercicio RAMÓN JOSÉ MARÍN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.397, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadana DAISY GRICEL VILLARROEL ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 5.880.786, domiciliada en el Sector Bello Monte, Calle El Progreso, Quinta Manuelita, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en la cual desiste del procedimiento y de la acción, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito Y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, e igualmente se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.-
La Secretaria,


Abg. Francis Vargas Campos.-


Exp. N° 16.343.-
SGDM/Fvc/ecm.-