CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 9 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2002-000408
ASUNTO: RJ11-S-2002-000408
Visto el escrito interpuesto por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, mediante el cual solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal, se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida contra Tomás Justino Martínez Velásquez por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de sustancias estupefacientes previsto en el artículo 36 de la Ley orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio de La Colectividad , ello en virtud de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que permitan el enjuiciamiento del imputado; Este tribunal, pasa a decidir prescindiendo de la audiencia a que se contrae el artículo 323 del código orgánico procesal penal por estimar que la misma resultaría infructuosa teniendo en cuenta la poca importancia del hecho y el tiempo transcurrido desde la fecha de ocurrido el mismo, en los términos siguientes: De la revisión de la presente causa se evidencia que la misma fue aperturada en fecha 08 de octubre del año 2002, tal como se evidencia de actuaciones emanadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas , así mismo consta que en fecha 09 del referido mes y año, este tribunal decretó medida cautelar sustitutiva de Libertad al referido imputado, igualmente consta que se realizaron las diligencias necesarias, tales como entrevistas, Inspecciones, experticias, etc. sin embargo quien decide comparte el criterio del despacho fiscal de que a la presente fecha, es imposible que puedan incorporarse a la investigación elementos que permitan el enjuiciamiento del imputado, configurándose en consecuencia, la causal del ordinal 4º del artículo 318 del código orgánico procesal penal , por lo que se estima procedente decretar el sobreseimiento solicitado y así se decide:
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, Este tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra Tomás Justino Martínez Velásquez , venezolano, mayor de edad , titular de la Cédula de Identidad N° 14.976.330, de profesión u oficio obrero, hijo de Rafaela Velásquez y Justino Cordova, y domiciliado en la calle Bolivar, Casa N° 89, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de sustancias estupefacientes previsto en el artículo 36 de la Ley orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio de La Colectividad, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Notifíquese.
El Juez Primero de Control.
Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria.
Abg. Maria Magdalena Acosta.
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