REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 12 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-000268
ASUNTO : RP01-P-2006-000268
Visto la solicitud formulada por el Director del Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná, por medio de la cual peticiona a este Despacho realice un nuevo cómputo de la pena cumplida por el penado RICHARD ALEXANDER THORMES , este Tribunal una vez analizado el presente asunto y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa, pasa a la actualización del cómputo de la pena cumplida hasta la presente fecha en los siguientes términos:
PRIMERO: El penado: RICHARD ALEXANDER THORMES, fue condenado a una pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del Delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.
SEGUNDO: El penado RICHARD ALEXANDER THORMES: esta detenido desde el día: 11-02-2.006 hasta el día de hoy: 16-08--2.007, teniendo una pena cumplida de: UN (01) AÑOS SEIS (06) MESES Y CINCO (05) DIAS que sumados a un tiempo de VEINTICUATRO (24) DIAS, que cumplió como residente en el Centro de Tratamiento Comunitario, da un tiempo de cumplimiento de UN (01) AÑOS SEIS (06) MESES VEINTINUEVE (29) DIAS, que sumados por último a los CINCO (05) MESES Y ONCE (11) DIAS que tiene el penado desde que fue capturado en fecha 01-09-08 hasta la presente fecha , dando un total de pena cumplida hasta la presente fecha de DOS (02) AÑOS Y DIEZ (10) DIAS. Faltándole por cumplir la pena de: UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTE (20) DIAS. Siendo la fecha final de cumplimiento de la pena el día: 02 de Febrero del año 2.011.
DECISIÓN.
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACTUALIZA el cómputo del tiempo de pena cumplida por parte del ciudadano: RICHARD THORMES NARVAEZ; siendo que da un total de pena cumplida hasta la presente fecha de: DOS (02) AÑOS Y DIEZ (10) DIAS. Faltándole por cumplir la pena de: UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTE (20) DIAS. Siendo la fecha final de cumplimiento de la pena el día: 02 de Febrero del año 2.011. Notifíquese a la Defensa Pública Penal y al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público. Ofíciese al Director del Internado Judicial de esta ciudad remítasele copia certificada del presente auto de actualización de cómputo y Líbrese boleta informativa al penado de autos. CUMPLASE.
El Juez Segundo de Ejecución
Dr. Nayip
La Secretaria
Abog. Allison Pernía