REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-000391
ASUNTO : RP01-P-2009-000391


En el día de hoy, 02-02-09, se constituyó el Juzgado Sexto de Control, a cargo de la Juez Marleny Mora Salas, acompañada de la Abg. Elizabeth Suárez en funciones de Secretaria de guardia y el Alguacil Ricardo Torrens, siendo la oportunidad fijada para la realización de la Audiencia Oral de Imposición de la Orden de Captura en la presente Causa signada RP01-P-2009-000391, seguida en contra del imputado ESTIVEN FERNANDO RUIZ, en virtud de la Orden de Aprehensión Librada por el Tribunal Tercero de Control en fecha 12-02-07. Seguidamente se verifica la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presente el imputado antes nombrado previo traslado desde la Comandancia General de Policía del Estado Sucre, El Fiscal Séptimo del Ministerio Público, la Defensora Publica Abg. JULNEILA RODRÍGUEZ. A quien el imputado acepta en este acto como su defensora. Acto seguido la Juez explica el motivo de la audiencia, e impone al imputado de la orden de Captura librada por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 12-02-07, y en la que una vez de la revisión del sistema juris, se evidencia que efectivamente fue decretada orden de captura, y realizada audiencia preliminar en la que fue condenado por el procedimiento especial de admisión de hechos, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de Hurto.
DE LOS ALEGATOS DE LA DEFENSA
la Defensora Publica Abg. JULNEILA RODRÍGUEZ solicita la libertad de su defendido
DE LA DECLARACION DEL IMPUTADO
Una vez impuesto el imputado ESTIVEN FERNANDO RUIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.422.074, del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5, expuso: A mi me agarraron en Puerto la Cruz, y ya tengo doce días preso. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensa Pública, quien expone: Solicito al Tribunal la libertad para el ciudadano ESTIVEN FERNANDO RUIZ, y que la misma se materialice desde esta misma sala de audiencias. Es todo.
DE LOS ALEGATOS FISCALES
Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Fiscal de Guardia Dr. Pedro Aray, quien expuso: Esta representación Fiscal no hace objeción en cuanto a la solicitud de la defensa. Es todo.
DECISIÓN
Seguidamente este Tribunal decreta la Libertad del imputado ESTIVEN FERNANDO RUIZ, titular de la cédula de identidad N° 11.422.074. de conformidad con lo establecido en el artículo 44 Constitucional, y ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Primero de Ejecución, informándole que el imputado de autos tuvo detenido 12 días, circunstancias por la cual se le otorgó la libertad desde esta misma sala de audiencias conforme al numeral 1° del artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Líbrese boleta de libertad. Líbrese oficio de remisión del presente asunto al Tribunal Primero de Ejecución. Cúmplase.
La Juez Sexta de Control
MARLENY MORA SALAS
La Secretaria
ELIZABETH SUAREZ