REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 20 de Enero del 2.009
198° y 149°

SOLICITUD Nº 5404


SOLICITANTE (S): FRANC JOSE RIVERO, titular de la Cédula de
Identidad N° 4.951.547.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano FRANC JOSE RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 4.951.547, asistido por el Abogado en ejercicio HECTOR VELASQUEZ MARQUEZ de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.141, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, de los testigos ciudadanos: YAMILETH DEL VALLE PLACENCIO y LARRY LEONEL LAREZ CARREÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.291.403 y 16.627.384, domiciliados la primera en la Cruz de Rivilla, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, y el segundo en esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto el demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA NANCY JOSEFINA MUNDARAIN DE RIVERO, a los ciudadanos FRANC JOSE RIVERO, FRANKLIN JOSE, RONY JOSE y RONALD JOSE RIVERO MUNDARAIN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide. Así mismo se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria Acc.,

Lic. Aracelis Teresa Martínez.
Constante de Diecinueve (19) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria Acc.,

Lic. Aracelis Teresa Martínez.


SGDM-mmg.
Sol. Nº 5404