REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO CONTROL
Carúpano, 22 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-004147
ASUNTO: RP11-P-2007-004147

AUTO ACORDANDO DAR POR TERMINADA LA PRESENTE CAUSA POR COMISIÓN CUMPLIDA

Vista el escrito de fecha 13 de noviembre de 2007, realizado por Abg. Larry José Zuleta, Juez Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Oficio N° 1C-2262/07, donde remite anexo al presente actuaciones signada con el N° NP01-P-2007-004600, donde aparecen como imputados los ciudadanos: Luís José Yegues García y Luís Ángel Martínez Martínez, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente del Hurto o Robo, en virtud de haberse declarado la declinación de Competencia por auto de fecha 01711707, constante de Siete (07) folios útiles; este Tribunal Segundo de Control acuerda analizar la presente causa con el objeto de dar por terminada la comisión planteada.

Observando las actas de la presente causa y en consideración a la presente solicitud; este tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, donde se desprende la declinatoria de competencia y posteriormente al folio siguiente se observa que el tribunal se pronuncio en la presente causa y posteriormente se evidencia en el sistema Juris 2000, las presentaciones de los imputados de la presente causa en la fechas 23/05/2008 y 05/06/2008; determinando del análisis de la causa que este Tribunal Segundo de Control no tiene materia que decidir; razón por la cual acuerda remitir las presentes actuaciones a su Tribunal Natural, como complementarias para ser agregadas a la causa principal, dando por terminado por comisión cumplida. Así se cuerda; Cúmplase.
Tribunal Segundo de Control.

Abg. Abelardo Royo Henríquez.
La Secretaria

Abg. Migdalia Salazar.